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Disolución del Congreso: Mañana el TC inicia debate público por demanda competencial

Disolución del Congreso: Mañana el TC inicia debate público por demanda competencial

Los miembros del Tribunal Constitucional escucharán la exposición del magistrado Carlos Ramos, quien propone que se declare infundada la demanda competencial presentada por Pedro Olaechea, presidente de la Comisión Permanente. Se estaría elaborando un proyecto alterno a la ponencia de Ramos.

Por Redacción Laley.pe

lunes 13 de enero 2020

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Mañana desde las 9:30 a.m., el pleno del Tribunal Constitucional (TC) iniciará el debate público de la demanda competencial que presentó Pedro Olachea, titular de la Comisión Permanente, contra la decisión del presidente Martín Vizcarra de disolver del Congreso.

En la audiencia, se debatirá la ponencia que presentó el lunes pasado el magistrado Carlos Ramos Núñez, en la que propone declarar infundada la demanda y, por lo tanto, que la medida dispuesta por Vizcarra fue constitucional. El ponente tendrá 30 minutos para exponer su propuesta. Luego, cada uno de los miembros del TC expondrá su punto de vista por 15 minutos.

Habrá una segunda ronda de 5 minutos cada uno. Después, el ponente dispondrá de 10 minutos para cerrar el debate. Sobre este punto, algunos magistrados consideran que no debe haber límite de tiempo, por lo que sería sometido a una deliberación.

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Finalmente, el documento será sometido a votación del pleno del TC para determinar si es aceptado o no por los magistrados Marianella Ledesma (presidenta), Augusto Ferrero (vicepresidente), Ernesto Blume, Manuel Miranda, José Luis Sardón y Eloy Espinosa-Saldaña.

Por otra parte, la titular del del TC destacó que el nuevo formato bajo el que se desarrollará el debate —que antes se hacía de manera privada— marca un hito. “Este caso será el piloto de lo que se pretende impulsar en aras de la transparencia”, dijo Ledesma a El Comercio.

Añadió que, de establecerse la práctica, se hará debates públicos solo para ciertos casos. “Esto es el comienzo y de aquí vamos a ver cómo funciona, pero es solo para los casos de inconstitucionalidad o demandas competenciales, nada más”, aclaró.

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En su ponencia, el magistrado Carlos Ramos precisa que el Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, sí puede pedir la cuestión de confianza para temas como la elección de los magistrados del TC; mas no si existe o no la definición de “negación fáctica” de la confianza.

En otro punto, sostiene que, si bien la confianza debería expresarse mediante el voto, en casos excepcionales se puede interpretar que dicha votación no refleja su aceptación. Por tanto, se concluye que la decisión de Vizcarra para disolver el Congreso se amparó en que, pese a la votación del Congreso que le otorgó la confianza, en la práctica no se cumplía la aprobación.

En ese sentido, Ramos Núñez no emite responsabilidades. Lo que propone es “exhortar” al Ejecutivo y Legislativo para que las figuras como la cuestión de confianza sean aplicados en casos que impacten en la sociedad peruana.

Asimismo, según informaron fuentes del TC a El Comercio, un grupo de magistrados estaría trabajando un documento alterno al de Carlos Ramos. Indicaron que la ponencia del magistrado cuenta con el respaldo de Ledesma y Espinosa-Saldaña. Sin embargo, aún se desconoce la postura que adoptará Miranda Canales.

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Quienes presentarían el documento alterno son los magistrados Blume, Sardón y Ferrero, de acuerdo con las fuentes de El Comercio. Si la propuesta de Ramos Núñez no alcanza el respaldo suficiente, el pleno del TC podría nombrar a un nuevo ponente para que elabore una nueva propuesta.

“Sí, así es [existe un proyecto alterno]. Lo más probable es que se presente mañana [este martes] y vamos a ver si se puede hacer lo mismo que con la ponencia anterior para que la opinión pública lo conozca”, relataron.

Además, explicaron que el documento alterno no afectaría las elecciones del próximo 26 de enero. “Se hubiera preferido resolver después del 26, para no tener que decir fundada o infundada la demanda, sino simplemente que en eso operaba la sustracción de la materia y que se mantiene el voto manifestado por el ente más importante, que es el pueblo, en el derecho constitucional”, acotaron.

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