Desde este lunes, comenzaron a regir las restricciones electorales en todo el país, con motivo de los comicios parlamentarios del 26 de enero, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Una de estas es la prohibición de la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme a la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). De infringir esta norma, la sanción va entre 10 hasta 100 UIT.
Además, desde el viernes 24, no se podrá realizar reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Estas se pueden realizar hasta el jueves 23 con una distancia de un kilómetro entre una y otra actividad partidaria. De lo contrario, se ejecutará la pena privativa de la libertad no menor de tres meses ni mayor de dos años.
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En cuanto a la propaganda política, esta quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 25 y tiene una multa entre 30 a 100 UIT, así como una pena privativa de la libertad no menor de dos años.
También está prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde las 8 a.m. del sábado 25 hasta las 8 a.m. del lunes 27. De no cumplir con esta restricción, la sanción es la pena privativa de la libertad no mayor de seis meses.
Asimismo, el día de la votación, entre las 8:00 y 16:00 horas, no están permitidos los espectáculos ni las funciones en cines y teatros, ni reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
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De acuerdo con el “Manual para candidatos”, elaborado por el Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), durante las horas en que se realiza el sufragio “no pueden efectuarse espectáculos populares al aire libre ni en recintos cerrados, ni funciones teatrales o cinematográficas, así como reuniones públicas de ninguna clase”.
Tampoco se podrá portar armas desde el día anterior a la votación hasta un día después de que esta culmine. De igual forma, se encuentra prohibido impedir, coactar, inducir o perturbar el ejercicio personal del sufragio.