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El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto las siguientes medidas administrativas, a partir del día 12 de marzo del año en curso y por el plazo de 30 días calendarios; con cargo a evaluación posterior:
a) Suspensión de todas las ceremonias, reuniones, congresos, seminarios y otras actividades similares a nivel nacional, organizadas por los Equipos Técnicos y/o Comisiones del Poder Judicial; así como por las Cortes Superiores de Justicia del país; con excepción de las que se realicen por videoconferencia.
b) Suspensión de viajes al extranjero de jueces, funcionarios y personal auxiliar en comisión de servicios.
c) Suspensión de viajes al interior del país de jueces, funcionarios y personal auxiliar en comisión de servicios; salvo que sean indispensables a criterio del responsable del área.
Así lo establece la Resolución Administrativa N° 102-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el miércoles 11 de marzo de 2020.
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En los considerandos de la resolución se señala que, al haberse confirmado diversos casos de infección por Coronavirus (COVID-19) en el país; «es menester disponer las medidas administrativas pertinentes, a fin de salvaguardar la salud y el bienestar de jueces, funcionarios y personal auxiliar, a nivel nacional».
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