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Habilitan a juzgados para que resuelvan libertad de presos por no pagar pensión de alimentos

Habilitan a juzgados para que resuelvan libertad de presos por no pagar pensión de alimentos

[Resolución Administrativa N° 119-2020-CE-PJ] Se ha habilitado competencia a los juzgados de emergencia de los distritos judiciales del país, para tramitar solicitudes de conversión automática de penas de las personas condenadas por el delito de omisión a la asistencia familiar. También para tramitar solicitudes de semilibertad y liberación condicional.

Por Redacción Laley.pe

jueves 16 de abril 2020

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Se ha habilitado competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los distritos judiciales del país, para tramitar solicitudes de conversión automática de penas que presenten las personas condenadas por el delito de omisión a la asistencia familiar, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1300, modificado por el Decreto de Urgencia N° 008-2020. 

Asimismo, se ha habilitado competencia a los órganos jurisdiccionales de emergencia de los distritos judiciales del país, para tramitar solicitudes de beneficios penitenciarios (semilibertad y liberación condicional), las cuales se resolverán mediante audiencias virtuales.

Así lo dispone la Resolución Administrativa N° 00000119-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el miércoles 15 de abril de 2020.

VEA TAMBIÉN: [Decreto Legislativo N° 1459] Flexibilizan excarcelación de deudores alimentarios para evitar sobrepoblación en penales

Igualmente, se establece que los presidentes de las cortes superiores del país, de ser necesario, designen órganos jurisdiccionales adicionales para resolver las solicitudes de beneficios penitenciarios.

Ud. puede descargar esta norma aquí.

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