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Estudios jurídicos: Estos son los Protocolos que se seguirán para su reactivación

Estudios jurídicos: Estos son los Protocolos que se seguirán para su reactivación

Las actividades jurídicas están previstas dentro de la Fase 2 de la reactivación económica del país, luego de que se encontraran paralizadas por las medidas de aislamiento frente a la COVID-19. Para ello, los Colegios de Abogados han realizado un «Plan de vigilancia y control de COVID-19». Conozca qué acciones deben adoptar los abogados y estudios jurídicas para el reinicio de sus labores.

Por Redacción Laley.pe

martes 9 de junio 2020

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El Decreto Supremo Nº 101-2020-PCM, publicado el 04 de junio de 2020 en El Peruano, dispone el inicio de la segunda fase de la reactivación económica en el país, luego de que solo se activara con la Fase 1 el 50% de economía nacional y, esperando que con este reinicio se active el 82%. 

En el Anexo del decreto supremo se aprecia que, dentro de la listado de actividades y servicios, figuran los servicios jurídicos, es decir, colegios de abogados, abogados independientes y estudios jurídicos. 

LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR OBLIGATORIAMENTE 

Como la misma norma lo indica, para el reinicio de sus actividades labores, las estudios jurídicos deberán registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud. Para lo cual deberán considerar los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19” (Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones).

Además, deberán observar el Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en los colegios de abogados, estudios jurídicos, despachos de abogados y otros vinculados a la reanudación de actividades profesionales, conforme el D.S.080-2020-PCM. Este plan ha sido elaborado por la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú

ACCIONES PARA EL REINICIO DE LABORES 

El Plan de vigilancia y control de la  COVID-19, elaborado por los Colegios de Abogados a nivel nacional, prevén una serie de protocolos, destinados a la impieza y desinfección de los ambientes donde se brindarán los servicios jurídicos a los usuarios y en los servicios higiénicos, además del uso de implementos de protección por los abogados y público (mascarillas, guantes, entre otros). 

De igual manera, se atenderán los protocolos para que los trabajadores de los colegios de abogados, estudios jurídicos, despachos de abogados y otros vinculados con los servicios que brindan estos profesionales a la ciudadanía, de manera previa al regreso al trabajo, presenten una lista de verificación de sintomatología y antecedentes personales COVID-19, el cual tendrá carácter declarativo.

Del mismo modo, se deberá garantizar el distanciamiento social obligatorio no menor de 1 metro entre cada trabajador y promover reuniones de trabajo o sesiones de manera virtual.

El aforo de los estudios jurídicos, despachos de abogados y colegios de abogados, será de máximo 3 personas en caso sea n lugar reducido y, de 5 a 7, si el lugar es amplio. 

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