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Así funcionará el Sistema de Supervisión y Cumplimiento de sentencias del TC

Así funcionará el Sistema de Supervisión y Cumplimiento de sentencias del TC

Se ha creado el Sistema de Supervisión y Cumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional, además de su reglamento. Estará conformado por el Pleno del TC, un magistrado coordinador titular y por la Comisión de Supervisión y Cumplimiento. ¿De qué manera funcionará el Sistema?, y ¿cuáles son los criterios para que una sentencia sea objeto de control?

Por Redacción Laley.pe

lunes 15 de junio 2020

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El Tribunal Constitucional (en adelante, TC) por medio de la Resolución Administrativa N°065-2020-P/TC, ha dispuesto la creación del Sistema de Supervisión y Cumplimiento de sus sentencias y resoluciones definitivas. Para ello, la misma resolución crea el reglamento de este Sistema de finalidad protectora de los derechos fundamentales vulnerados o amenazados, estableciéndose los integrantes, el procedimiento y los criterios que se considerarán para que una sentencia sea objeto de control.

Así, los integrantes que conforman el Sistema son: i) El Pleno del TC; ii) un magistrado coordinador titular; iii) un magistrado coordinador accesitario, que ejercerá funciones en asuencia del titular; y, iv) La Comisión de Supervisión y Cumplimiento de Sentencias del Tribunal Constitucional (en adelante, la Comisión), conformada por 7 asesores jurisdiccionales. 

Los tres últimos serán desginados por la Presidencia del Tribunal Constitucional. Además, estarán a cargo de funciones específicas dentro del procedimiento de supervisión y cumplimiento de las resoluciones (artículos 4, 5 y 6 del reglamento referida).

PROCEDIMIENTO 

En todo proceso cuyo conocimiento es competencia del TC, el magistrado ponente puede proponer en su ponencia que el debido y pleno cumplimiento de la sentencia o decisión definitiva sea objeto de control por parte del Sistema de Supervisión. Formulada la propuesta, el Pleno procede a la votación conforme a lo previsto en el artículo 44 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional.

De disponerse el control de la sentencia, el Pleno fijará el inicio del proceso de supervisión conforme a las reglas establecidas en el artículo 4 del reglamento (programar y celebrar las audiencias de supervisión y cumplimiento, adoptar las decisiones jurisdiccionales necesarias para el pleno cumplimiento de las sentencias y demás resoluciones definitivas emitidas por el TC, entre otros). 

CRITERIOS PARA QUE UNA SENTENCIA SEA PUESTA A CONTROL POR EL SISTEMA DE SUPERVISIÓN

  • En la sentencia se hayan formulado exhortaciones a los poderes públicos o a particulares. 
  • La intervención del Tribunal Constitucional sea indispensable para la protección efectiva de los derechos fundamentales vulnerados o amenazados.
  • En la sentencia se haya declarado un estado de cosas inconstitucional.

Ud. puede descargar el Reglamento del Sistema de Supervisión y Cumplimiento del Tribunal Constitucional en nuestro archivo Scribd: 

Reglamento del Sistema de S… by La Ley on Scribd

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