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Congreso aprueba predictamen que propone eliminar la inmunidad parlamentaria

Congreso aprueba predictamen que propone eliminar la inmunidad parlamentaria

La Comisión de Constitución del Congreso ha aprobado el predictamen que propone eliminar la inmunidad parlamentaria. Asimismo, se agregó que los procesos penales contra congresistas por la presunta comisión de delitos comunes serán de competencia exclusiva de la Corte Suprema. En estos términos se propone modificar el artículo 93 de la Constitución Política.

Por Redacción Laley.pe

martes 30 de junio 2020

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La Comisión de Constitución del Congreso, presidido por Omar Chehade, ha aprobado el predictamen que propone eliminar la inmunidad parlamentaria, por medio de una reforma constitucional al artículo 93. El resultado del conteo de votos fue 17 votos a favor, 6 en contra y una abstención. 

Además, se agregó al documento que los procesos penales contra congresistas incriminados por la comisión de delitos comunes sean de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia. Ello, a solicitud del congresista Robinson Gupioc Ríos, del partido político Podemos Perú, y bajo el consenso de la mayoría de integrantes de la Comisión. 

En estos términos se propone modifcar el artículo 93 de la Carta Magna:

Disposición vigente:

«Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.

No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.

No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento».

Propuesta de reforma:

«Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.

No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones.

Los procesos penales contra Congresistas por delitos comunes cometidos durante su mandato, son de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia«.

Como se aprecia, actualmente, dicho artículo –en cuanto a la inmunidad parlamentaria se refiere– impide que los congresistas sean procesados o sentenciados sin autorización previa del Congreso o de la Comisión Permanente. 

El dictamen de la Comisión de Constitución será debativo este jueves por el Pleno del Congreso. 

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