Lunes 29 de abril de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

Negociación incompatible y colusión: las imputaciones fiscales que definieron detención preliminar de Richard Cisneros y funcionarios públicos

Negociación incompatible y colusión: las imputaciones fiscales que definieron detención preliminar de Richard Cisneros y funcionarios públicos

Esta mañana se realizó la ejecución de la orden de allanamiento y detención preliminar de diversas personas vinculadas a contrataciones del Ministerio de Cultura durante los años 2018 y 2020. Desde La Ley analizamos por qué la investigación derivó en el actual escenario y qué es lo que vendría en los próximos días.

Por Branko Slavko Yvancovich Vásquez

viernes 2 de octubre 2020

Loading

[Img #28235]

Hoy por la mañana amanecimos con la ejecución de un pedido de allanamiento y detención preliminar solicitada por la fiscal Sánchez Porturas, titular del Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.

Dentro de los detenidos se encontraban algunas personas que estuvieron altamente expuestas en los medios periodísticos durante las últimas semanas, como el mediático Richard Cisneros y la ex asistente presidencial Karem Roca Luque. También se encontraron comprendidos la ex secretaria general de Palacio, Mirian Morales Córdova; y el excoordinador de Prensa, Oscar Vásquez Zegarra.

A diferencia de una prisión preventiva, la detención preliminar se realiza para que el Ministerio Público pueda realizar actos de investigación urgentes e inaplazables, para lo cual es necesaria la restricción de la libertad de tránsito de una persona. Por tal motivo, dentro de los próximos días se deberán estar realizando diligencias relevantes de cara a una eventual formalización de la investigación preparatoria.

Los otros funcionarios detenidos tienen relación con el Ministerio de Cultura, como las ex secretarias generales Patricia Dávila Tasaico y Diana Angelica Tamashiro Oshiro; el director de la Oficina de Administración, Lincoln Martin Matos Parodi; las ex directoras generales de Recursos Humanos, Aura Elisa Quiñones Li y Liliana Margot Chaname Castillo; y el coordinador del Gran Teatro Municipal, Mauricio Manuel Salas Torreblanca.

¿Por qué se les detuvo?

La fiscal Sánchez Porturas, a cargo del Tercer Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción solicitó la detención preliminar principalmente por la presunta comisión de los delitos de colusión agravada y negociación incompatible, entre otros delitos imputados de forma individual.

La colusión agravada es un delito que consiste en la realización de un acuerdo ilícito entre un funcionario público y un tercero con el cual se causa un perjuicio económico/patrimonial al Estado. En el caso de Richard Cisneros y su vinculación con el Ministerio de Cultura, puede deducirse que la fiscalía estaría invocando la realización de múltiples actividades derivadas de contrataciones directas en los que habrían intervenido funcionarios de Presidencia.

Por su parte, la negociación incompatible es una figura delictiva que implica el interés indebido de un funcionario público en la realización de un contrato u operación en el que interviene por razón de su cargo para obtener un beneficio propio o para tercero. Es importante precisar que esta conducta puede realizarse de forma directa, actuando por sí mismo; indirecta, actuando mediante terceros; o de modo simulado, realizando actos que den apariencia de ausencia de interés.

Finalmente, según han referido algunos medios, el fundamento adicional para la solicitud de la detención preliminar sería la existencia de un peligro de obstaculización y de fuga por parte de los investigados.

¿Qué debe entenderse por peligro de obstaculización y el peligro fuga?

La detención preliminar es una figura que permite a un fiscal solicitar a un juez que ordene la detención de una persona sobre la cual existe una razonable posibilidad que se encuentre vinculada con la comisión de un delito sin necesidad de que exista flagrancia delictiva. Ahora bien, además de ello, es necesario que se pueda advertir que este sujeto pueda tener la intención de obstaculizar la justicia o darse a la fuga. Es importante señalar que la facultad para solicitarla se encuentra regulada en el Código Procesal Penal, específicamente en el artículo 261, que comprende también escenarios de flagrancia o de fuga de detenido.

Pero para entender bien cuando opera la detención preliminar debe tomarse en cuenta que también debe concurrir un peligro de fuga del investigado, el cual se presenta cuando no existe un arraigo familiar, laboral o de cualquier índole que le permita permanecer oculto; también por la gravedad de la pena, entre otros.

Por su parte, el peligro de obstaculización implicará la posibilidad de destrucción o alteración de pruebas, o la manipulación o intimidación de otros investigados, testigos o peritos.

¿Se viene una prisión preventiva?

 

Parece ser una disposición a voces acogida dentro del Ministerio Público la realización de una secuencia de actos que, por su naturaleza, no necesariamente tendrían que ser secuenciales, pero en la realidad ocurre conforme se ha podido apreciar de la conducta fiscal en los “casos emblemáticos”.

Todo inicia con una solicitud de orden de allanamiento del Ministerio Público que suele estar acompañada con una de detención preliminar. Estas son puestas a conocimiento de los órganos jurisdiccionales para su concesión. Ejecutada la medida, el Ministerio Público realiza una serie de diligencias muy puntuales vinculadas directamente con la orden de detención preliminar.

Muy cerca del último día de detención, o el último, la fiscalía comunica la formalización de la investigación preparatoria y solicita la prisión preventiva logrando extender la restricción de la libertad de los detenidos por algunos días adicionales a los originalmente otorgados hasta la realización y finalización de la audiencia de prisión preventiva.

Es altamente probable que este sea el mismo escenario para los detenidos en el caso del Ministerio de Cultura.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS