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Conozca las modificaciones al reglamento de farmacias

Conozca las modificaciones al reglamento de farmacias

El reglamento de Establecimiento Farmacéuticos fue modificado mediante un reciente Decreto Supremo el cual modificó 13 artículos del dicho reglamento. Entérate de los principales cambios en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 18 de enero 2021

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El Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos ha sido modificado en sus artículos 16, 18, 22, 23, 24, 27, 38, 71, 75, 95, 109, 116 y 125 mediante el Decreto Supremo N° 004-2021-SA, publicado el 11 de enero de 2021 en el diario oficial El Peruano.

Así, en el artículo 16 se señaló que en el caso de renuncia, ahora será necesario adjuntar una copia simple de la renuncia o una declaración jurada de no laborar en el establecimiento farmacéutico señalando el día de la renuncia. Asimismo, en el caso de una nueva directiva técnica, jefatura o Químico Farmacéutico asistente, la comunicación deber ser suscrita por los ya señalados y por el propietario o representante legal del establecimiento farmacéutico. 

Como parte de las modificatorias, se eliminó del artículo 18 el croquis de ubicación del establecimiento, y la copia simple del certificado de habilidad profesional del Director técnico y de los profesionales Químico Farmacéuticos asistentes.  También se eliminó la copia del título del técnico de farmacia o técnico en salud, como la copia simple del certificado de habilidad profesional del Director técnico. 

Respecto a los cierres temporales y definitivos de los establecimientos farmacéuticos, el cierre temporal tendrá un plazo máximo de 12 meses, caso contrario, se dispondrá su cierre definitivo. Por ende, tendrá que otorgar a las autoridades competentes los productos, dispositivos, insumos, materiales y equipos que aún tenga dentro de sus existencias. Se debe tener en cuenta que los cierres temporales y su reinicio de actividades deben ser comunicados a la Autoridad de Salud competente. Sin embargo, en el caso de que el cierre temporal sea de 1 mes, no es necesario que se comunique el reinicio de actividades. 


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