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Ministerio Público suspende plazos procesales en los departamentos calificados en Alerta Extrema

Ministerio Público suspende plazos procesales en los departamentos calificados en Alerta Extrema

Suspensión inicia hoy 31 de enero y concluye el 14 de febrero. Fiscalía busca con la medida preservar la salud y el bienestar del personal. Conoce que otras medidas se dictaron en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

domingo 31 de enero 2021

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La Fiscalía de la Nación dispuso la suspensión de plazos procesales de manera excepcional, así como la suspensión de los plazos en los trámites y procedimientos administrativos, incluye los plazos de procedimientos disciplinarios, en los despachos fiscales y dependencias administrativas cuya competencia se encuentre dentro de los departamentos señalados como alerta extrema.

Así lo dio a conocer en Ministerio Público a través de Resolución N.º 134-2021-MP-FN, publicada el 29 de enero, que cuenta con la firma de la fiscal de la nación Zoraida Avalos.

Como se sabe, la Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, tiene la responsabilidad de dirigir, orientar y formular las políticas institucionales y en ese marco puede adoptar medidas pertinentes para la preservación de la salud y el bienestar del personal fiscal, forense, médico legal y administrativo del Ministerio Publico.

Con esto, el Ministerio Público se suma a la medida de suspensión de plazos dictada también por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

¿Qué otras medidas tomará la Fiscalía?

En otras medidas, Ministerio Público suspendió sus labores y actividades presenciales en los despachos fiscales y dependencias administrativas cuya competencia territorial se encuentra dentro de los departamentos de Lima, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac hasta el 14 de febrero del 2021. Todo esto en mérito a lo dispuesto en el artículo 3 del D.S. 008-2021-PCM, el cual dispone la inmovilización social obligatoria.

La resolución exceptúa de esta suspensión de laborares al personal fiscal, forense, médico legal y administrativo que ejerce funciones en las fiscalías provinciales penales y fiscales de familia turno y posturno fiscal, así como en las fiscalías especializada que realice turno permanente con excepción de las fiscalías de extinción de dominio.


Revise la resolución completa que dicta la suspensión AQUÍ.

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