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Este certificado sobre mandatos y poderes se brindará mediante solicitud verbal ante Sunarp

Este certificado sobre mandatos y poderes se brindará mediante solicitud verbal ante Sunarp

Por Redacción Laley.pe

lunes 10 de abril 2023

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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, que establece que el certificado negativo del registro de mandatos y poderes se expida en formato electrónico, con firma electrónica, código de verificación y código QR.

La norma también establece que los mandatos y poderes, cuando sean solicitados de manera presencial, se brindarán mediante una solicitud verbal ante Sunarp, es decir, con la sola mención de la necesidad de adquirir el certificado negativo de poderes y mantdatos. Esta novedad busca agilizar los procedimientos administrativos ante Sunarp, con miras a alcanzar mucha más eficiencia. 

Antes de la aprobación de esta medida, el Certificado Negativo del Registro de Mandatos y Poderes solo podía ser solicitado y emitido de manera presencial con la firma manuscrita del certificador.

Según la norma publicada este lunes en el diario oficial El Peruano, la Oficina General de Tecnologías de la Información ya ha culminado el desarrollo en los sistemas de publicidad que permitan la expedición del Certificado Negativo del Registro de Mandatos y Poderes con firma electrónica del servidor responsable, código de verificación y código QR.

Por su parte, la Dirección Técnica Registral, en coordinación con las Zonas Registrales, elaboraron el formato de dicho documento, a fin de que, previo a los desarrollos técnicos en los sistemas de la Sunarp, pueda expedirse con firma electrónica y código de verificación.

La comprobación de autenticidad del Certificado Negativo del Registro de Mandatos y Poderes se realizará a través de la plataforma “Síguelo”, mediante la lectura del Código QR contenido en el certificado o desde la página web de la Sunarp.

¿Qué es un registro de mandatos y poderes?

El Registro de Mandatos y Poderes es parte del Registro de Personas Naturales y su finalidad es inscribir los poderes otorgados por estas, junto con cualquier sustitución, modificación o extinción del poder, según lo establece el artículo 2036 del Código Civil.

En este registro se inscriben los actos de apoderamiento que afectan a la persona natural, a diferencia de los poderes otorgados por órganos o representantes de personas jurídicas, que son registrados en el Registro de Personas Jurídicas, ya que sus efectos se dirigen hacia estas entidades.

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