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Todos los actos inscribibles en el registro de la propiedad inmueble podrán ser presentados de manera virtual

Todos los actos inscribibles en el registro de la propiedad inmueble podrán ser presentados de manera virtual

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos indicó que la presentación se hará a través de la plataforma SID-Sunarp, también aclaró que la presentación en soporte de papel sigue vigente. Lea norma completa aquí.

Por Redacción Laley.pe

viernes 26 de febrero 2021

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Sunarp autorizó la presentación de manera virtual de todos los actos inscribibles en el Registro de Propiedad Inmueble.

Así lo dio a conocer a través de la Resolución N.º 011-2021-SUNARP/SA, publicada el 26 de febrero en el diario oficial El Peruano.

Con esta medida, la presentación electrónica se hará mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp (SID-Sunarp).

Por ello, la norma también ordenó la incorporación al SID-Sunarp de la totalidad de actos inscribibles en el Registro de Propiedad Inmueble.

La Superintendencia también aclara que la presentación electrónica a través del SID-Sunarp, de los actos aprobados mediante la presente resolución, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción.

Lea también: Conozca qué tramites de Sunarp puede realizar desde su celular

¿Cuál es la importancia de esta medida?

La norma es importante porque permite la inscripción de los demás actos que no se podían presentar de manera digital, pues antes solo se podían presentar documentos protocolares y no los extra protocolares, como las legalizaciones de firmas.

Esta medida se suma al proceso de virtualización que inició Registros Públicos con la finalidad de brindar un mejor servicio a los usuarios. Como se recuerda, hace unos meses, la institución emitió una resolución que autorizó la presentación virtual de todos los actos inscribibles en el registro de personas jurídicas.


Lea y/o descargue la norma completa AQUÍ.

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