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Aprueban lineamientos para la actuación de la Fiscalía durante las Elecciones

Aprueban lineamientos para la actuación de la Fiscalía durante las Elecciones

La Oficina de Observatorio de Criminalidad deberá realizar las acciones de coordinación con los equipos gestores territoriales, liderados por las presidencias de las juntas de fiscales superiores a nivel nacional. Esto con la finalidad de efectuar un seguimiento a los sucesos que acontezcan durante la jornada electoral.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 17 de marzo 2021

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La Fiscalía de la Nación dispuso la elaboración de los lineamientos para la actuación del personal fiscal del Ministerio Público antes, durante y después del proceso de las Elecciones Generales 2021.

Así lo dieron a conocer a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 352-2021-MP-FN, publicada el día 16 de marzo en el diario oficial El Peruano.

Como indica la resolución, esta medida se dio en virtud a lo dispuesto por la Ley orgánica de las elecciones y modificatorias, mediante la cual se establece que los actos de irregularidad que se presenten durante el desarrollo del proceso electoral son puestos en conocimiento del Ministerio Público para la formulación de las denuncias correspondientes.

La Oficina de Observatorio de Criminalidad deberá realizar las acciones de coordinación con los equipos gestores territoriales liderados por las presidencias de las juntas de fiscales superiores a nivel nacional, a través de la implementación del Centro de Monitoreo y Alerta del Ministerio Público, a fin de efectuar el seguimiento de las actuaciones preventivas, ocurrencias de relevancia penal y personas detenidas, antes, durante y después del acto electoral.

Por su parte, los presidentes de las juntas de fiscales superiores a nivel nacional deberán remitir al despacho de la Fiscalía de la Nación, en el plazo máximo de cinco días calendarios posterior al proceso electoral, un informe ejecutivo sobre las acciones de prevención y el desarrollo de las elecciones en su distrito fiscal.


Lea y/o descargue la Resolución completa AQUÍ.

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