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Trabajadores con incapacidad por COVID y suspensión perfecta recibirán bono del Estado

Trabajadores con incapacidad por COVID y suspensión perfecta recibirán bono del Estado

Ejecutivo dispone pago de 760 soles a trabajadores que se encuentran en suspensión perfecta aprobada por la Autoridad Administrativa de Trabajo. Asimismo, se incluyen aquellos que no pueden laborar por haber contraído COVID-19. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

lunes 5 de abril 2021

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El pasado 1 de abril fue publicado en el diario oficial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 034-2021, en el que se dispone el pago de la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19”.

La prestación será entregada a trabajadores que se encuentren en suspensión perfecta que labores en empresas que cuenten con hasta 100 trabajadores y siempre que perciba una remuneración bruta de hasta 2,400 soles. Asimismo, se otorgará por cada mes vencido, hasta un máximo de 3 meses.

Cabe resaltar que, el derecho a solicitar dicha prestación vence a los noventa (90) días de terminada la suspensión perfecta de labores.

Por otro lado, la norma también menciona el “Subsidio por Incapacidad Temporal para pacientes diagnosticados con Covid-19”, regulado por el artículo 24 del Decreto de Urgencia 026-2020, el cual será otorgado por única vez y este sujeto a la asignación presupuestaria del año 2021.

Además, se menciona que los empleadores que deseen solicitar el reembolso del subsidio, deberán hacerlo antes de los noventas (90) días calendario desde la fecha del resultado de la prueba diagnóstica confirmatoria de la Covid-19.

¿Cómo se puede acceder al beneficio?

El beneficio se otorga a solicitud de los trabajadores, quienes deben ingresar dicha solicitud de manera virtual en la plataforma VIVA EsSalud. A tal efecto, los trabajadores deben indicar un Código de Cuenta Interbancario (CCI) que corresponda a una cuenta válida y activa en moneda nacional.

Por último, es preciso resaltar que en la Segunda Disposición Complementaria Final se ha incluido la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057 (CAS), autorizando a las entidades de la administración pública, a contratar servidores civiles bajo el régimen del contrato administrativo de servicios hasta el 17 de mayo de 2021. El plazo de estos contratos o sus respectivas prórrogas, durarán como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021.


Lee y/o descargue la normativa AQUÍ

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