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Ejecutivo dispone el uso obligatorio de doble mascarilla

Ejecutivo dispone el uso obligatorio de doble mascarilla

Se modificó decreto que dispuso el uso obligatorio de protector facial. Ejecutivo ahora ordena el uso obligatorio de doble mascarilla para ingresar a centros comerciales y mercados. Asimismo, se decretó la inmovilización social obligatoria para el día 9 de mayo.

Por Redacción Laley.pe

lunes 26 de abril 2021

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Mediante Decreto Supremo N° 083-2021-PCM, publicado el día sábado en el diario oficial El Peruano, se ha dispuesto el uso obligatorio de doble mascarilla para lugares con riesgo de aglomeración, la prohibición de eventos masivos y la inmovilización social obligatoria el día de la madre.

En el presente decreto, se ha modificado el artículo 8.4, 9 y 14.2 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM. Asimismo, se incorpora una nueva disposición que establece la restricción focalizada el domingo 9 de mayo.

La modificación del artículo 8 dispone el uso obligatorio de doble mascarilla para el ingreso a mercados, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias. Por lo que ya no es obligatorio el uso de protector facial.

Por otro lado, la modificación del artículo 9 señala que no estará permitido desfiles, fiestas costumbritas, fiestas patronales, eventos culturales, religiosos u otros que impliquen conglomeración de personas. Asimismo, no están permitidas las reuniones sociales, incluyendo las realizadas en domicilios, y visitas familiares.

Por último, se dispone la modificación de las restricciones focalizadas cambiando el aforo de los establecimientos y la inmovilización social obligatoria por el día 9 de mayo, en el cual no se podrá utilizar carros particulares.


Lea y/o descargue la normativa AQUÍ:

 

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