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Código Penal incorpora agravante en delitos cometidos durante emergencia sanitaria

Código Penal incorpora agravante en delitos cometidos durante emergencia sanitaria

Conoce la Ley que modifica artículos del Código Penal respecto de circunstancia agravante derivada de la comisión del delito durante calamidad pública o emergencia sanitaria y dicta otras disposiciones sobre la pena de inhabilitación.

Por Redacción Laley.pe

miércoles 28 de abril 2021

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Mediante la Ley N° 31178 el Congreso de la República modificó el Código Penal a fin de incorporar como circunstancia agravante la comisión del delito durante calamidad pública o emergencia sanitaria o cuando la comisión del delito comprometa la defensa, seguridad y soberanía nacional.

Esta Ley, publicada este 28 de abril de 2021 en el diario oficial El Peruano, también establece disposiciones sobre la pena de inhabilitación en el Código Penal y leyes especiales, estipulando, entre otras, la circunstancia agravante señalada y reordenando su sistemática.

En primer lugar, la Ley establecve las modificaciones de los artículo 38, 384, 387, 389 y 426 del Código Penal. Estos artículos hacen referencia a la duración de la inhabilitación principal, colusión simple y agravada, peculado doloso y culposo, malversación, e inhabilitación, respectivamente.

En segundo lugar, la Ley también incorpora el artículo 302-A al Código Penal, el cual refiere a la inhabilitación. Este nuevo apartado queda redactado así:

“Artículo 302-A. Inhabilitación

 

La inhabilitación principal será de cinco a veinte años cuando se trate de los artículos 296; 296-A, primer, segundo y cuarto párrafos; 296-B y 297 del Código Penal. En estos casos será perpetua cuando ocurra cualquiera de los siguientes supuestos:

1. El agente actúe como integrante de una organización criminal, como persona vinculada o actúe por encargo de ella.

2. El valor del dinero, bienes, efectos o ganancias involucrados supere las quinientas unidades impositivas tributarias”.

Por otro lado, esta norma también modifica el artículo 4-A del Decreto Ley 25475, que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la instrucción y el juicio. Este artículo regula el delito de financiamiento del terrorismo.

Así tambien, se modifican los s artículos 1, 2, 3 y 4 del Decreto Legislativo 1106, Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado. Estos artículo contienen penalizan delitos referidos a los actos de conversión y transferencia, actos de ocultamiento y tenencia, transporte, traslado, ingreso o salida por territorio nacional de dinero o títulos valores de origen ilícito, y circunstancias agravantes y atenuantes, respectivamente.

Mire aquí los nuevos apartados del Código Penal así como las modificaciones realizadas en las leyes referidas.

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