El pasado 1 de mayo, el pleno aprobó el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 5192/2020-CR, el cual regula el uso de vehículos menores motorizados y no motorizados, y crea el registro nacional de proveedores de servicios de reparto a domicilio.
La norma se aplica para las personas naturales que realizan el reparto de los productos a domicilio. Los cuales necesitaran registrarse en el Registro Nacional de Proveedores de Servicio de Reparto a Domicilio a través de vehículos menores motorizados y no motorizados del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
La administración encargada de la supervisión y emisión de autorizaciones será el MTC. Se fiscalizará que los vehículos autorizados cuenten con SOAT, Revisión Técnica Vehicular, Placa Única Nacional de Rodaje para garantizando de esta forma las medidas de seguridad para sus conductores y peatones.
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