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Código Procesal Penal: Modifican diligencias de levantamiento de cadáver

Código Procesal Penal: Modifican diligencias de levantamiento de cadáver

Congreso modificó artículo sobre levantamiento de cadáver en Código Procesal Penal. Se ha dispuesto que no se exigirá necropsia en caso de muertes por pandemia. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 10 de junio 2021

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En caso de muerte producida por accidente en un medio de transporte, o como resultado de un desastre natural o enfermedad epidémica o pandémica que implique la declaratoria de emergencia sanitaria nacional, regional o local, en que las causas de la misma sea consecuencia directa de estos hechos, no será exigible la necropsia sin perjuicio de la identificación del cadáver antes de la entrega a sus familiares.

Así se ha dispuesto la modificación del artículo 196 de CPP, mediante la Ley Nº 31212, que señala que solo en caso de sospecha criminal se podrá pedir el levantamiento del cuerpo, en los otros casos no es necesario la realización de necropsia, sin perjuicio de la identificación del cuerpo.

Por otro lado, la norma agrega que, en caso de accidente, será necesario la necropsia al cadáver de quien tenía a cargo la conducción del medio de transporte siniestrado.

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