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5 sentencias clave del TC sobre debida motivación de las decisiones fiscales

5 sentencias clave del TC sobre debida motivación de las decisiones fiscales

Tribunal Constitucional emitió importantes pronunciamientos en cuanto a la definición y al cumplimiento de la debida motivación de las decisiones fiscales. A continuación, presentamos cinco de los más importantes.

Por Redacción Laley.pe

lunes 14 de junio 2021

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El derecho a la motivación de las decisiones fiscales ha sido desarrollado por el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, en donde se establece que las disposiciones, resoluciones fiscales o sus análogas deben cumplir con la debida motivación, es decir, su motivación debe ser congruente, adecuada y suficiente. Aquí te presentamos cinco de las decisiones más importantes del Alto Tribunal en donde se pronuncian sobre su contenido y alcances.

 

1. Control constitucional de los actos del Ministerio Público

En la STC Exp N.º 03893-2014-PA/TC, el Tribunal Constitucional precisó que el control constitucional de los actos del Ministerio Público se sustenta en el respeto a la dignidad humana, y que, en esa línea, se salvaguarda que las resoluciones judiciales no sean arbitrarias, siendo ello también aplicable a las decisiones judiciales y pronunciamientos del Ministerio Público.

Bajo ello, se puede comprender lo dicho en la STC. Exp. N ° 01479-2018-PA/TC, en el sentido que las decisiones fiscales no están liberadas de garantizar la motivación de sus disposiciones o resoluciones, dado que “si bien de acuerdo al artículo 159 de la Constitución, el Ministerio Público tiene la titularidad y exclusividad directiva de la investigación criminal; ello no supone que las decisiones fiscales en torno a la investigación del delito estén liberadas de observar y garantizar, en aras de su propia legitimidad constitucional, derechos fundamentales, como lo es el deber de motivar debidamente sus decisiones”.

2. Alcances del derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales

 

En la STC. EXP. N.º 04437-2012-PA/TC, el Alto Tribunal expresó que el derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales requiere que exista congruencia entre lo pedido y lo resuelto y, que por sí misma, exprese una suficiente justificación de la decisión adoptada; por lo que se vulneraría este derecho cuando la decisión fiscal no cuente con razones mínimas que la sustenten. Sin embargo, no todo ni cualquier error en el que eventualmente incurra una decisión fiscal constituye automáticamente una violación del derecho, ello se configura sólo en aquellos casos en los que la decisión fiscal es arbitraria.

En esa línea, el órgano colegiado se pronunció en la STC. Exp N ° 02579-2012-PA/TC en donde precisó que el derecho a la debida motivación de las decisiones judiciales también se ve vulnerado cuando existe una motivación sustancialmente incongruente de la decisión fiscal. Es decir, cuando el representante del Ministerio Público resuelve las pretensiones de las partes de manera incongruente con los términos en los que han sido planteadas, quedando con ello sin contestar tales pretensiones. En ese caso, la decisión fiscal será arbitraria y, en consecuencia, inconstitucional.

Por otro lado, es necesario considerar lo manifestado en la STC. Exp. N.º 05121-2015-PA/TC, en donde el Tribunal dejó establecido que una decisión fiscal que carece de motivación adecuada, suficiente y congruente esta vulnerando el derecho a la debida motivación de las resoluciones fiscales.

3. El proceso de amparo como vía idónea para la protección del derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales.

El examen de la motivación de las decisiones del Ministerio Público se puede realizar mediante proceso de amparo, así lo señaló el Tribunal en la STC. Exp. N ° 01479-2018-PA/TC, cuando manifestó que sí es factible, en sede constitucional, evaluar la motivación llevada a cabo por la judicatura ordinaria o el Ministerio Público al momento de emitir sus decisiones; pero se debe entender que ello no implica que el proceso de amparo se convierta en una “suprainstancia de revisión de toda actuación judicial o fiscal”.

Además, el Tribunal Constitucional en la STC. Exp N ° 02579-2012-PA/TC ha dejado establecido que el proceso de amparo es la vía idónea para analizar la constitucionalidad de las decisiones fiscales, -disposiciones, resoluciones u análogas-, siempre que las mismas intervengan en el contenido de un derecho fundamental y en tanto se hayan agotado sobre ella todos los recursos impugnatorios, es decir, tenga carácter firme.


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