Se dispuso la modificación, a partir del 15 de junio, de la denominación de las salas y juzgados que se encargaran de la liquidación de los expedientes que se vienen tramitando bajo las normas del antiguo Código de Procedimiento Penales, en virtud de la implementación del nuevo Código Procesal Penal del 2004.
Mediante Resolución Administrativa N° 000196-2021-P-CSJLI-PJ, Poder Judicial dispuso la siguiente lista de salas y juzgados:
Por otro lado, se dispuso que los órganos jurisdiccionales penales liquidadores mantendrán su competencia funcional y territorial, y continuarán con el trámite de los expedientes a su cargo al amparo del Código de Procedimientos Penales de 1940, hasta su culminación.
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