![[Img #30121]](https://laley.pe/upload/images/06_2021/1383_disenos-de-la-ley-notas-56.png)
Poder Judicial (PJ) aprobó Directiva Nº 002-2021-CE-PJ denominada “Prevención, denuncia, atención, investigación y sanción del hostigamiento sexual en las sedes y dependencias administrativas y jurisdiccionales del Poder Judicial a nivel nacional”.
Directiva tiene como objetivo establecer el procedimiento para la prevención, denuncia, atención, investigación y sanción del hostigamiento sexual en las sedes y dependencias administrativas y jurisdiccionales del PJ a nivel nacional, cuyo alcance es de aplicación a todo el personal de las sedes y dependencias administrativas y jurisdiccionales del PJ a nivel nacional, independientemente de su cargo, función, servicio, régimen laboral o modalidad contractual; así como para las personas que prestan servicios en modalidades formativas.
En ese sentido, es claro que el PJ cuenta con personal administrativo y jurisdiccional sobre los cuales debe recaer la directiva con el procedimiento específico, de acuerdo a las instancias competentes para la instauración de procedimiento disciplinario que corresponda, en caso se denuncien hechos de hostigamiento sexual.
Asimismo, la resolución también decide dejar sin efecto la Directiva N° 003-2009-CE-PJ “Procedimiento para la prevención y sanción de los actos de hostigamiento sexual en el Poder Judicial”; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente directiva.
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