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Congreso elimina tercerización e intermediación laboral para trabajadores de limpieza pública

Congreso elimina tercerización e intermediación laboral para trabajadores de limpieza pública

Pleno del Congreso aprobó ley que elimina la tercerización e intermediación en caso de obreros municipales encargados de trabajos de limpieza pública y actividades afines. Entérate más en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 1 de julio 2021

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El Pleno del Congreso aprobó la ley que prohíbe la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública y afines que prestan los obreros municipales.

En este sentido, esta ley prohíbe a los gobiernos locales la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, conservación y mejora del ornato local y afines que prestan los obreros municipales en estas instituciones.

De esta manera, los servicios de limpieza pública realizada por los obreros municipales deberán ser prestados bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme a lo establecido en la Ley 17972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, los obreros municipales tendrán como único empleador a los gobiernos locales.

Por último, el artículo tercero de la norma declara de interés nacional los servicios de limpieza pública y afines, así como la protección laboral de los obreros municipales que lo prestan. Esto con el objetivo de garantizar la salud pública y el cuidado y preservación del medio ambiente.

Adecuación

 

La norma prevé la adecuación para aquellos gobiernos locales que hayan contratado servicios de limpieza pública y afines a través de tercerización u otras formas de intermediación laboral, que retomen dichas contrataciones de manera directa al término del contrato vigente.

Asimismo, según la primera disposición complementaria transitoria, se contempla el proceso de adecuación en el plazo de un año, contado a partir de la vigencia de la presente ley.

En dicho plazo, los gobiernos locales incorporaran progresivamente, bajo el régimen laboral de la actividad privada, al personal que presta servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, conservación y mejora del ornato local y afines, previa evaluación de méritos e idoneidad para los referidos servicios, conforme a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Protección contra el despido o cese de actividades

La norma establece que, durante el plazo de adecuación establecido por la presente ley, los trabajadores cuentan con la debida protección contra el despido injustificado y/o término del contrato. De ser el caso, dichos trabajadores tendrán prioridad para ser contratados por el respectivo gobierno local.

Lea y/o descargue la norma AQUÍ.

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