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Estado de Emergencia: ¿Cuáles son los cambios que regirán desde hoy?

Estado de Emergencia: ¿Cuáles son los cambios que regirán desde hoy?

Decreto Supremo prorroga el Estado de Emergencia Nacional por un plazo de treinta y un (31) días calendario por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19. Lea aquí todas las nuevas disposiciones.

Por Redacción Laley.pe

lunes 12 de julio 2021

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Hasta el día 8 de agosto del 2021 se dispuso un nuevo horario de inmovilización obligatoria, el cual será desde las 00:00 horas hasta las 4:00 de la mañana para los departamentos que se encuentren en el nivel moderado y alto.

Por otro lado, para los departamentos que se encuentran en el nivel muy alto, el toque de queda será desde la 22:00 horas hasta las 4:00 de la mañana. En esta oportunidad solo tres departamentos (Arequipa, Moquegua y Tacna) se encuentran en esa categoría.

Finalmente, ninguna provincia a la fecha se encuentra en el nivel de alerta extremo.

Vehículos particulares los domingos

En relación a los vehículos particulares los días domingos, el Gobierno dispuso que solo estará prohibido su uso en los departamentos y provincias que figuren en el nivel de alerta muy alto y extremo. Por tanto, departamentos del nivel moderado y alto podrán hacer uso de vehículos particulares los días domingos.

Cabe precisar que, en todos los casos, excepcionalmente, podrán circular los vehículos particulares que cuenten con el respectivo pase vehicular, emitido por la autoridad competente.

Ingreso de extranjeros o ciudadanos provenientes del extranjero

Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, únicamente en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, conforme a las disposiciones sanitarias vigentes. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresan a aislamiento obligatorio.

Asimismo, queda suspendido hasta el 8 de agosto el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica, la República Federativa de Brasil o la República de la India, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos catorce (14) días calendario.

Los peruanos y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional provenientes de la República de Sudáfrica, la República Federativa de Brasil o la República de la India, o que hayan realizado escala en dichos lugares, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional.

Lee la normativa completa AQUÍ.

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