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¿Cómo activar tu Cuenta-DNI?

¿Cómo activar tu Cuenta-DNI?

Aprueban el reglamento de ley que crea la Cuenta DNI en el Banco de la Nación. Norma establece los mecanismos para su activación, así como el procedimiento para su cierre. [D.S. Nº 184-2021-EF]

Por Redacción Laley.pe

miércoles 21 de julio 2021

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la Ley Nº 31120, que crea y regula la Cuenta de ahorros Documento Nacional de Identidad (Cuenta-DNI) en el Banco de la Nación.

Como bien señala la norma, el reglamento tiene por objetivo “regular los aspectos operativos, los términos o condiciones, características y disposiciones complementarias necesarias para la implementación de la Cuenta-DNI”.

Dentro del reglamento también se detallan los procedimientos para la apertura, la activación, el cierre e intercambio de la Cuenta-DNI.

La Cuenta DNI dará cobertura a todas las personas nacida en el país, así como a los naturalizados.

Asimismo, las entidades públicas utilizaran la cuenta para el pago pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado a los ciudadanos, así como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros.

Lea también: ¿La Cuenta-DNI afecta el principio de subsidiariedad del Estado?

¿Cómo hago la activación de la cuenta?

Para su activación, el Banco de la Nación establecerá canales digitales que pondrá a disposición de los usuarios.

Uno de estos canales será el digital. El interesado deberá registrase, como mínimo, en la plataforma digital que el Banco de la Nación habilita, consignando los siguientes datos:

a) Número de DNI.

b) Correo electrónico.

c) Número de teléfono móvil a nombre del Titular. La línea del teléfono móvil debe tener un mínimo de treinta (30) días calendario de activación.

d) Suscripción digital del contrato de apertura de la Cuenta-DNI.

Luego de este registro, la activación de la cuenta requiere que el titular valide la acuerdo que se le enviará. Después de la activación, el Banco de la Nación remitirá un mensaje de confirmación al correo electrónico proporcionado por el solicitante, adjuntando el contrato de apertura de la Cuenta-DNI suscrito digitalmente, y otros documentos establecidos por la normatividad vigente.

El Banco de la Nación también deberá habilitar canales alternativos en caso el titular no pueda realizar la activación de la Cuenta-DNI a través de canales digitales.

Para utilizar los canales alternativos, los solicitantes deben reportar la imposibilidad de activación por canales digitales a través de los mecanismos que el Banco de la Nación disponga en su portal web institucional. Luego de esto, el banco enviara un mensaje, con las indicaciones para la atención por canales alternativos, al correo electrónico proporcionado por dentro de los diez días hábiles siguientes a dicho reporte.

¿Por qué podrían cerrar la Cuenta-DNI?

 

El reglamento establece que el Banco de la Nación puede la Cuenta-DNI en caso detecte o disponga de indicios que la misma está siendo utilizada para eventos de fraude, corrupción o cualquier otra actividad ilegal.

Asimismo, por consideraciones referidas al sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo relacionadas a la Cuenta-DNI.

Lea el reglamento completo aquí.

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