Ley tiene como objeto garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos, indistintamente al tipo de cáncer que padezcan.
Así, la denominada Ley Nacional del Cáncer, Ley Nº 31336, dispone que el Estado garantizará el acceso y la cobertura oncológica integral, que incluye la prestación de servicios de promoción, prevención, control y atención oncológica que permita asegurar un tratamiento de calidad para las personas diagnosticadas con la enfermedad.
La norma es aplicable a todas las empresas e instituciones públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica en el marco del Aseguramiento Universal en Salud (AUS).
Asimismo, el Ministerio de Salud será el órgano rector para formular, implementar y evaluar la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer (PNC). A través de la PNC, se establece los lineamientos objetivos, indicadores y estándares mínimos de cumplimiento que garanticen una atención integral oncológica.
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Además, se implementará la capacitación de los servidores públicos que brinden atención oncológica preventiva y recuperativa en los distintos establecimientos de salud a nivel nacional. De igual forma, se realizará campañas junto al Ministerio de Educación para la promoción de la salud y prevención de enfermedades oncológicas en la comunidad.
Por último, se declara de interés nacional la creación de la Red Nacional de Banco de Tumores a cargo del Instituto Nacional de Salud en coordinación con el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN).
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