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¿Cuáles son los cambios en el nuevo estado de emergencia?

¿Cuáles son los cambios en el nuevo estado de emergencia?

Gobierno dispuso inmovilización social obligatoria de lunes a domingo desde la 1 hasta las 4 de la mañana en todo el Perú. Asimismo, se permite un aforo entre el 50% y 60% en cines, casinos, gimnasios, restaurantes y centro comerciales. [D.S. Nº 159-2021-PCM]

Por Redacción Laley.pe

lunes 4 de octubre 2021

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Se han dispuesto nuevas medidas del estado de emergencia nacional que se aplicaran desde hoy, 4 de octubre. Así, mediante Decreto Supremo Nº 159-2021-PCM, se modifica el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM. Asimismo, se modifica el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM.

 

Toque de queda

La norma señala que hasta el 17 de octubre se dispone la inmovilización social obligatoria de lunes a domingo desde la 1:00 horas hasta las 4:00 horas en todas las provincias del país.

 

Protección en lugares públicos

Se dispuso el uso obligatorio de doble mascarilla para centro con aglomeración de personas tales como bodegas, centros comerciales, farmacias, entre otros. De igual forma, se recomienda el uso de protector facial con el fin de disminuir la tasa de contagios.

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Control migratorio

El decreto señala que se dispone el fortalecimiento de los controles migratorios en la frontera norte del país. Asimismo, los pasajeros que tengan como destino final el país deberá presentar prueba molecular negativa con fecha no mayor a 72 horas, y de manera opcional la cartilla de vacunación completa.

En ese sentido, se prohíbe el ingreso de extranjeros no residentes o que realicen escala proveniente de Sudáfrica.

Restricciones focalizadas

Debido a que todas las provincias se encuentran en nivel de alerta moderado, se aplica el aforo de 50% en centros comerciales, casinos, cines, templos y gimnasios. En el caso de supermercados, restaurantes, bancos, bibliotecas, estadios (con dos dosis de vacuna) y spas se aplica un aforo del 60%.

 

Lea el decreto AQUÍ.

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