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¡ÚLTIMO! PJ: Vuelve el trabajo presencial en todas las cortes del país

¡ÚLTIMO! PJ: Vuelve el trabajo presencial en todas las cortes del país

Poder Judicial estableció jornada de trabajo mixta para sus funcionarios, 5 horas bajo la modalidad presencial y 3 horas bajo la modalidad remota a modo de complemento. Entérese aquí los detalles. [Resolución Administrativa Nº000351-2021-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

viernes 29 de octubre 2021

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Poder Judicial determinó nuevas medidas en relación a las labores jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial. Estableció que estas labores se desarrollarán mediante jornada de trabajo mixta con ciertas horas de trabajo presencial obligatorias.

Además, se amplió la vigencia del Decreto Supremo Nº044-2020-PCM modificado por la Resolución Administrativa Nº000146-2020-CE-PJ hasta el 30 de noviembre de 2021.

¿Cómo se desarrollará la jornada mixta?

La modalidad presencial será realizada en forma diaria y será complementada con el trabajo remoto. A modo de preservar el correspondiente aforo, el trabajo presencial se llevará a cabo en dos turnos: mañana y tarde.

  1. Primer turno: de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.
  2. Segundo turno: 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto.

El trabajo presencial se desarrollará obligatoriamente como mínimo cinco horas diarias. El mismo debe mantener el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la doble mascarilla quirúrgica; debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio del COVID-19.

Lea también: Poder Judicial: Audiencias se realizarán con normalidad el día 2 de noviembre

 

¿Y los grupos de riesgo?

En cuanto al trabajo remoto, este será para jueces, juezas y personal jurisdiccional y administrativo considerado en el grupo de riesgo al COVID-19 determinado por ley y debidamente comprobado; aun cuando tengan las dosis completas de vacunación.

Se efectivizará en el horario de ocho horas diarias, el cual se realizará acorde a lo indicado en la Versión Nº 4 del Reglamento ‘Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial», aprobado mediante Resolución Administrativa Nº000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato.

Lea la resolución completa AQUÍ.

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