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Eloy Espinosa-Saldaña: ¿Qué es la cuestión de confianza?

Eloy Espinosa-Saldaña: ¿Qué es la cuestión de confianza?

A propósito de la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo en contra de la ley sobre la interpretación auténtica de la cuestión de confianza, el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña, ponente del caso, nos explica qué es la cuestión de confianza en una entrevista realizada para La Ley. Véala completa aquí.

Por Redacción Laley.pe

jueves 4 de noviembre 2021

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El 22 de octubre, el procurador público especializado en materia constitucional, Luis Huerta, en representación del Poder Ejecutivo interpuso una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley Nº31355, ley de interpretación auténtica sobre la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política del Perú, la cual fue aprobada por el Congreso de la República.

A propósito de este contexto y la crisis de gobernabilidad, el magistrado Eloy Espinosa-Saldaña, quien es ponente del caso, nos explica qué es la cuestión de confianza.

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¿De dónde surge la institución?

 

Esta institución fue inventada en Inglaterra hace unos 500 años porque en un primer momento las fuerzas políticas no eran tan claras como ahora. En un sistema prácticamente bipartidista como el inglés, el jefe de gobierno, el llamado primer ministro cuando veía que el asunto se le escapaba de las manos planteaba un tema difícil y con eso quería conseguir la adhesión del parlamento.

En el Perú, la necesidad que el gobierno de turno tuviera esta cuestión de confianza se debía a que existiera la posibilidad de poder alinear o articular y armonizar con el Congreso frente a temas difíciles.

¿Cuáles son sus restricciones?

La cuestión de confianza siempre fue planteada en un espacio amplio, indica el magistrado Espinosa-Saldaña. Existían restricciones en tanto no cualquiera podía presentarla, tiene que ser un ministro o el gabinete completo quienes la presenten. En cuanto a las restricciones materiales, esta era la no violación de derechos fundamentales.

Sin embargo, en líneas generales la idea es que todo entra en la cuestión de confianza del modo en que estuvo planteada originalmente en Inglaterra.

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¿Cuándo se pide la confianza?

En el Perú, hay dos momentos donde se pide la confianza. ¿La confianza de quién? La confianza del Congreso. El primer momento es el contemplado por el artículo 130 de la Constitución, el cual hace referencia a la cuestión de confianza de inicio. El segundo momento es el que señala el artículo 131 de la Constitución, en el que se contempla la cuestión de confianza de evaluación de gestión.

La cuestión de confianza de inicio es cuando el presidente o presidenta nombra a un grupo de ministros y este grupo de ministros va, presenta su plan de trabajo y allí recibe la cuestión de confianza del Congreso. Lo que quiere decir que el Congreso brinda su compromiso de asumir que en el contexto que se vive esas son las cosas que se tienen que hacer.

La cuestión de confianza de evaluación de gestión es la que se realiza cuando el gobierno ya comenzó su gestión y han surgido situaciones polémicas respecto de los miembros del gabinete o respecto del gabinete entero. La cual preocupa en tanto existe un amplio margen donde entran la mayor cantidad de temas posibles.

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