La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco declaró barrera burocrática ilegal la prohibición de comercializar y consumir bebidas alcohólicas a los establecimientos que no se dedican exclusivamente a la comercialización de bebidas alcohólicas, que se encuentren a menos de 100 metros lineales medidos a partir del perímetro de la propiedad, de instituciones educativas.
Sobre la barrera burocrática
Esta prohibición se encuentra materializada en el artículo VIII de la Ordenanza Municipal Nº017-2017-CM-MPA y fue impuesta por la Municipalidad Provincial de Abancay.
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¿Cuál fue el fundamento de esta decisión?
La razón de la ilegalidad de esta barrera burocrática es que la Municipalidad Provincial de Abancay ha establecido una prohibición mayor a la dispuesta en el artículo 3 de la Ley Nº28681, Ley que regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas, la cual establece que las municipalidades no otorgarán autorizaciones a establecimientos que se dediquen exclusivamente a la comercialización de bebidas alcohólicas de toda graduación y se encuentren en locales situados a menos de 100 metros de instituciones educativas.
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