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Defensoría del Pueblo, mediante el Pronunciamiento N.° 01/DP/2022, manifestó su posición acerca de la suspensión de la investigación preliminar a Pedro Castillo hasta julio del 2026, fecha en la que termina su mandato.
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Así, instó a la Fiscalía de la Nación a reevaluar dicha decisión en atención a todas las normas y principios constitucionales, señalando que es el procurador general de la República el encargado de solicitar la interrupción de las pesquisas.
Asimismo, indicó que la decisión de disponer la existencia de mérito para
Investigación contra el presidente Pedro Castillo
La Fiscalía de la Nación anunció la apertura de una investigación preliminar contra el Jefe de Estado por los casos Concesión Puente Tarata III, Petroperú y Ascensos militares.
Por estos hechos se le atribuye la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias y colusión en agravio del Estado.
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Sin embargo, la investigación quedará aplazada hasta julio del 2026, fecha en la que concluye el mandato presidencial, en razón de la ‘’inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal”, indicó el Ministerio Público.
Controversia sobre el artículo 117 de la Constitución Política
La Defensoría del Pueblo señala que, si bien el artículo 117 de la Constitución establece que el Presidente de la República solo puede ser acusado en determinados supuestos, la referida disposición no debe interpretarse literal o aisladamente de otros mandatos constitucionales de obligatorio cumplimiento.