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¿Cuánto es el valor de la URP para el 2022?

¿Cuánto es el valor de la URP para el 2022?

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial fija valor de la Unidad de Referencia Procesal para el año 2022 y aprueba el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2022. Conoce aquí los detalles. [Resolución Administrativa Nº 000002-2022-CE-PJ]

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de enero 2022

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Acorde a la Ley Orgánica del Poder Judicial, para los efectos de fijación de cuantías, tasas, aranceles judiciales y multas previstas en la Ley o las establecidas en la legislación procesal especial, se debe aplicar la Unidad de Referencia Procesal (URP).

Corresponde al órgano de gobierno y gestión del Poder Judicial fijar al inicio de cada año judicial el monto de la Unidad de Referencia Procesal, monto que año a año ha sido determinado en un 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

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¿A cuánto asciende el valor de la URP para el 2022?

Mediante Decreto Supremo Nº 398- 2021-EF, el Poder Ejecutivo aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2022 en S/ 4,600.00.

Así, el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP), para el año 2022, asciende a la suma de S/460.00.

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Por otro lado, en las disposiciones adicionales, se señaló principalmente lo siguiente:

Ante incumplimiento, los jueces podrán aplicar sanciones a las partes en uso de sus facultades coercitivas, acorde al artículo 53.1 del Código Procesal Civil.

De conformidad con el artículo 83 del Código Procesal Civil, cuando concurran varias personas como demandantes o demandados, pagarán el arancel respectivo por cada titular de la acción, salvo las sociedades conyugales que conformen una misma parte, y lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 76 del referido Código.

En los procesos de alimentos, cuando la pretensión del demandante exceda las veinte (20) URP se sujetarán a los pagos dispuestos en la resolución, reducidos en un cincuenta (50%) por ciento.

En los asuntos de familia e interés de menores, cuando se solicite la ejecución anticipada de la futura decisión final, están exonerados del pago del Arancel Judicial por el concepto de medida cautelar.

El plazo de vigencia del arancel judicial es de un año calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable, titular de dicho comprobante de pago, adquiere el mismo en el Banco de la Nación o entidades financieras designadas por convenio.

Conforme a la Ley Nº 30628, Ley que modifica el proceso de Filiación Judicial de Paternidad

Extramatrimonial, la parte demandante se encuentra exonerada del pago de aranceles judiciales en el proceso de filiación extramatrimonial.

Lea y/o descargue el cuadro de valores de los aranceles judiciales para el ejercicio 2022 AQUÍ.

Lea y/o descargue la Resolución Administrativa Nº 000002-2022-CE-PJ AQUÍ.

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