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Ejecutivo crea sistema de perfiles de cumplimiento tributario

Ejecutivo crea sistema de perfiles de cumplimiento tributario

A fin de contribuir con el cierre de las brechas sociales, el Poder Ejecutivo creó un sistema de perfiles de cumplimiento para los contribuyentes. Este permitirá incentivar el pago voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y las no tributarias administradas y/o recaudadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Entérese los detalles en la presente nota.

Por Redacción Laley.pe

martes 22 de marzo 2022

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El sistema de perfiles de cumplimiento tributario, creado mediante el Decreto Legislativo N° 1535, establecerá facilidades o limitaciones según el nivel de cumplimiento; así como mejorar la labor de control de aquella entidad recaudadora mediante la utilización eficiente de sus recursos.

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¿Cómo funciona?

La Sunat asignará una calificación a cada contribuyente, que constituirá su respectivo perfil de cumplimiento y que será uno de los cinco niveles de cumplimiento que se determinarán reglamentariamente, considerando aspectos como frecuencia y montos de sus pagos tributarios, oportunidad en la presentación de información, y si mantiene deudas coactivas.

El perfil de cumplimiento constituirá un criterio que podrá ser considerado, entre otros, para otorgar determinadas facilidades o establecer ciertas limitaciones en la regulación de aquellos aspectos vinculados con obligaciones tributarias, aduaneras y conceptos no tributarios administrados por la Sunat, respecto de los cuales esta y/o el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ostentan facultades normativas.

Pueden impugnarse

Cuando se comunique al contribuyente la calificación que le correspondería, este tendrá un plazo de diez días hábiles computado a partir de la fecha en que surta efecto la notificación de la referida comunicación para presentar sus descargos a dicha calificación, refiere la mencionada norma.

La impugnación de las resoluciones que asignen el perfil de cumplimiento se regirá por lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, resultando aplicables las normas del Código Tributario en aquellos aspectos del procedimiento regulados expresamente en este, aunque la impugnación de la resolución no suspenderá los efectos de aquella.

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Pueden ser consultados

A la par, los perfiles de cumplimiento asignados por la Sunat a cada sujeto obligado o contribuyente podrán ser consultados por los terceros interesados en el portal de esta superintendencia, en el que constará la fecha en que se obtuvo la calificación asignada, así como la fecha en la cual esta varía a otra.

Sobre su implementación

La asignación del perfil de cumplimiento se implementará de manera gradual de acuerdo con lo que señale el reglamento correspondiente.

Adicionalmente, reglamentariamente se establecerá la aplicación por parte de la Sunat de una o más calificaciones de prueba conforme al nivel de cumplimiento.

Esto, atendiendo a que las calificaciones de prueba tendrán naturaleza informativa, por lo que no constituirán la primera asignación del nivel de cumplimiento ni generará ninguno de los efectos establecidos en el decreto legislativo o en las normas modificadas por este.

Descargue el Decreto Legislativo N° 1535

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