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Fundamentos para el diálogo. A propósito de los conflictos sociales en el Perú

Fundamentos para el diálogo. A propósito de los conflictos sociales en el Perú

Omar Sumaria Benavente: “La ONDS venía impulsando la creación del Sistema Nacional de Prevención y Gestión de Conflictos Sociales (SINAPREGCS), como un sistema coordinado y articulado con los diferentes niveles e instancias del gobierno para garantizar la presencia del Estado en todo el territorio”.

Por Omar Sumaria Benavente

viernes 20 de mayo 2022

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A raíz de los últimos eventos sociales, políticos y económicos que han tenido una escalada de violencia y una respuesta inadecuada del Estado, se advierte que existe un complejo y múltiple sistema para la prevención y gestión de los conflictos sociales, económicos y ambientales por parte del Estado que comprende a distintos órganos y diversos niveles.

Sin embargo, aparte de esta situación uno de los mayores problemas que presenta es la falta de alineamiento del Estado, su incapacidad institucional y organizacional e involucramiento multi actor (Ore Ibarra, 2016, pág. 31) que se encuentra ligada a la limitada capacidad de articular a nivel intersectorial del Estado entre sus mismos órganos y en distintos niveles, y sobre todo, la inadecuada gestión del diálogo.

Es por ello, que la ONDS venía impulsando la creación del Sistema Nacional de Prevención y Gestión de Conflictos Sociales (SINAPREGCS), como un sistema coordinado y articulado con los diferentes niveles e instancias del gobierno para garantizar la presencia del Estado en todo el territorio, bajo la visión del “transformación del conflicto” que apunta a convertir las tensiones sociales en oportunidades para la cohesión y el desarrollo teniendo a la ONDS como el organismo articulador del dialogo desde el Estado.

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No obstante, estas precisiones, hacen notar que la visión del dialogo en el órgano del Poder Ejecutivo, ahora SGDS, es de carácter procedimental. Es decir, se interpreta como una etapa prenegociación o parte de la negociación, cuando la característica del dialogo es que “no tiene un fin en sí mismo” (Quiñonez, 2005, pág. 29). De esta forma, la conformación de las Mesas de Dialogo se convierten en Mesas de Negociación y se aleja de su real función.

Señala Ormachea “para que el dialogo tenga la calidad de transformativo debe contribuir a la promoción de dinámicas de relacionamiento no violentas y constructivas, y tener como características esenciales ser sostenido y genuino” (Ormachea, 2014, pág. 209) lo cual no sucede con las prácticas de los organismos del Estado que más evidencian “prácticas concretas de intervención en conflictos inconsistentes usando un discurso explícito a favor del dialogo, pero basándose en patrones subyacentes de interacción poco constructivos y profundamente arraigados, y en premisas conceptuales alejadas de lo que realmente significa un dialogo” (Caravedo, 2014, pág. 85).

En otras palabras, se desnaturaliza al dialogo, a través de las “Mesas de Dialogo institucionalizadas” (De la Puente Burlando, 2017) y pese a su reiterada enunciación se usa como parte de una estrategia de negociación frente a un enfrentamiento o crisis orientada a suprimir el conflicto, en donde el dialogo se presenta como un espacio obligado o reiterativo y con efectos contraproducentes como la “fatiga por el dialogo” (Caravedo, 2014, pág. 90), con una “participación cosmética”, “uso de lenguajes técnicos y falta de acuerdo” y “metodologías excluyentes con reproducción de los factores de dominación” (De la Puente Burlando, 2017, págs. 11,23,33)

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Estás perspectivas procedimentales del dialogo como mecanismo previo o parte de un mecanismo de resolución de conflictos están engarzadas en una visión estándar o tradicional de la resolución del conflicto, al cual lo configura como un mal o una situación que se debe evitar o resolver a la brevedad posible. Nuevas propuestas, enfocadas más la visión de la gestión o transformación del conflicto lo redefinen como una” relación social” (Entelman, 2002) con la particularidad que en lugar de tener una comunidad de intereses estos se encuentran en competencia ya sea por ser similares u opuestos (Sumaria, 2021). De esta forma, la existencia o no del conflicto previo no es condición sine qua non para el desarrollo del dialogo, dado que el fin de este no es resolver un conflicto sino generar nuevo conocimiento de forma relacional.

Por ello, en conclusión, para definir un proceso o los elementos para un proceso de dialogo primero se debe partir de una noción o concepto que defina dicho fenómeno como el “Ejercicio de la acción comunicativa como derecho fundamental, a través de un proceso de comunicación bajo ciertas condiciones, pero en estricta libertad e igualdad de participación para producir nuevo conocimiento relacional”.

Referencias

Bohm, D. (1997). Sobre el dialogo. Barcelona: Kairós.

Caravedo, J. (2014). Construyendo dialogos genuinos. En I. Ormachea, J. Caravedo, G. Moreno, & G. Bedoya, Minería, Conflicto Social y Dialogo. Lima: ProDialogo.

De la Puente Burlando, L. (2017). Cuando el dialogo es parte del problema. La institucionalización de las Mesas de Dialogo en el Perú: el caso del conflicto en Espinar. LIma: Pontificia Universidad Católica del Perú, Departamento de Ciencias Sociales.

Entelman, R. (2002). Teoría de Conflicto. Hacia un nuevo paradigma. Barcelona: Gedisa.

Ore Ibarra, L. E. (2016). Conflictos sociales. La oportunidad de la mediación y facilitación multiactor de procesos colaborativos. En D. Abanto Torres, Nuevos Enfoques de la Conciliación y el Arbitraje (págs. 17-52). Lima: Instituto Pacífico.

Ormachea, I. (2014). El caso la Granja. En I. Ormachea, J. Caravedo, G. Moreno, & G. Bedoya, Minería, Conflicto Social y dialogo. Lima: ProDialogo.

Quiñonez, M. (2005). Las nuevas dimensiones del dialogo social. Boletín CINTENFOR(156), 9 – 32.

Sumaria, O. (2021). El «nuevo» principio de la oralidad civil. Lima: Instituto Pacífico.

Omar Sumaria Benavente. Abogado. Profesor Academia de la Magistratura.

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