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JNJ: Asociación de jueces realiza observaciones al Concurso de Jueces Supremos

JNJ: Asociación de jueces realiza observaciones al Concurso de Jueces Supremos

Jusdem emitió un oficio con observaciones y recomendaciones al Concurso de Jueces Supremos. Consideró que la JNJ debe respetar los principios y derechos invocados, en todos los concursos de ascenso de todas las instancias. Amplíe en la siguiente nota. [Oficio Nº007-2022-VP-JUSDEM]

Por Redacción Laley.pe

martes 24 de mayo 2022

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La Asociación de Jueces para la Justicia y Democracia (Jusdem) realizó observaciones y recomendaciones al Concurso de Jueces Supremos correspondiente a la Convocatoria Nº003-2021-SN-JNJ.

Se dirigieron a la JNJ para expresar su preocupación por la manera en como se viene desarrollando el concurso de ascenso para los jueces.

Esto en tanto el Jusdem considera que la JNJ debe respetar los principios y derechos invocados, en todos los concursos de ascenso de todas las instancias, cuidando la dignidad de aquellos postulantes que han superado las etapas anteriores y ahora van a presentarse a la entrevista personal.

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Sobre las observaciones

El Jusdem realizó un total de diez observaciones en donde mencionó las faltas al Reglamento de Ascensos en que incurrió la JNJ, así como la falta a ciertos principios como la objetividad, la especialidad y la igualdad de condiciones.

Señaló pues que, respecto al examen de conocimientos, pese a que el artículo 27 del Reglamento de Ascensos de Jueces y Fiscales establece expresamente que, la evaluación de conocimientos se diferencia por la institución, el nivel, la especialidad y sub-especialidad, enumerando las materias comunes, donde no se consideran las especialidades de Derecho Laboral, Contencioso Administrativo y Comercial.

Por tanto, tampoco se han incluido preguntas sobre las especialidades de Derecho Procesal Penal y Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, pese a que estas materias también son desarrolladas por las Salas Penales y la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema, formando parte de sus competencias, donde existe doctrina y jurisprudencia vinculante, siendo especialidades que se consolidan desde el ingreso a la carrera judicial en primera y segunda instancia.

Asimismo, indicaron que, a la luz del principio de objetividad, es evidente la desventaja en la que se han encontrado los postulantes que destacan en tales especialidades, habiéndoseles privado de evidenciar sus competencias por especialidad.

En todo caso, si los temas de Derecho Procesal Penal estaban comprendidos como sub-especialidad dentro del título de Teoría General del Proceso, ha debido precisarse a los postulantes sobre esta particularidad y considerarse las preguntas correspondientes, en proporción a las materias y especialidades enunciadas, manteniendo un equilibrio en el número y porcentaje de las preguntas.

Por tanto, en los exámenes de conocimientos sucesivos Jusdem solicita que la JNJ considere este aspecto, no solo para la evaluación de los Jueces Supremos, sino para todas las instancias.

Puede leer todas las observaciones AQUÍ.

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