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Sunarp: Autorizan presentación electrónica de títulos que contengan embargo dispuesto por Indecopi

Sunarp: Autorizan presentación electrónica de títulos que contengan embargo dispuesto por Indecopi

Sunarp autorizó la presentación electrónica de resoluciones administrativas con firma digital de los ejecutores coactivos de Indecopi, que den mérito a inscripción de la medida cautelar de embargo en el Registro de Predios, mediante el SID-Sunarp. Gaceta Civil & Procesal Civil brinda los detalles.

Por Redacción Laley.pe

jueves 26 de mayo 2022

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Se autoriza la presentación electrónica de resoluciones administrativas con firma digital de los ejecutores coactivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi, a través del Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp, que den mérito a la inscripción de la medida cautelar de embargo en el Registro de Predios.

Lo señalado en el párrafo precedente, es un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte en papel del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi.

Así lo ha establecido la Resolución Nº069-2022-SUNARP/SN, publicada el 21 de mayo de 2022 en el diario oficial El Peruano.

Lea también: Incorporan presentación electrónica de diversas solicitudes de inscripción mediante SID-Sunarp

Además, se ha señalado que las funcionalidades y procesos referidos a la presentación y tramitación electrónica de títulos de embargo dispuestos por los ejecutores coactivos del Indecopi, a través del SID-Sunarp, se regulan por lo previsto en la Directiva DI-002-SNR-DTR, aprobada por Resolución Nº120-2019-SUNARP/SN, modificada por Resolución Nº193-2021-SUNARP/SN.

Finalmente, se precisó que la resolución entra en vigencia a partir del 23 de mayo de 2022.

Puede acceder a la resolución AQUÍ.

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