Sábado 11 de mayo de 2024 | Suscríbete al Newsletter de La Ley

¿Cuáles son las nuevas reglas que rigen para el Comité de SST?

¿Cuáles son las nuevas reglas que rigen para el Comité de SST?

Especialistas brindaron pautas y sugerencias para la elección del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, los representantes del personal y del empleador dada la intensificación en la fiscalización de dicha obligación en empresas por parte de Sunafil. Más detalles a continuación.

Por Redacción Laley.pe

viernes 27 de mayo 2022

Loading

[Img #33592]

Ante las nuevas responsabilidades, plazos y acciones que deben cumplirse con el fin de garantizar de manera adecuada la validez del procedimiento para la elección de los representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), corresponde a las empresas con 20 o más trabajadores ser precavidas y adoptar las medidas preventivas necesarias para evitar contingencias.

Sobre todo, en cuanto a la conformación del comité, que es una de las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo recientemente más fiscalizadas por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), que cuenta con los listados de las empresas que no declaran este comité en el Registro de Información Laboral (T-Registro) de la planilla electrónica.

Lea también: Presidenta del PJ envía proyecto para que MEF aumente remuneración para trabajadores

¿Cuáles son las recomendaciones?

Al respecto, la laboralista Mariela Poicon sugiere a las empresas involucradas analizar los cambios normativos en el proceso de elección del mencionado comité, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº245-2021-TR.

A la par, recomienda evaluar la posibilidad de implementar mecanismos tecnológicos para la elección de los representantes de los trabajadores siempre que garanticen que el voto sea secreto y directo. Más aún porque como parte de las medidas de prevención contra el contagio del Covid-19 es recomendable limitar las aglomeraciones presenciales.

En caso se elija la opción del uso de mecanismos tecnológicos, la especialista también sugiere establecer un manual para el correcto voto electrónico y capacitar a los trabajadores en su debido uso.

Lea también: Sunafil: Superintendente y principales funcionarios presentaron su renuncia

Incluso, para evitar inconvenientes en la fiscalización que efectúe la autoridad competente al respecto, la experta aconseja a los empleadores evaluar correctamente a quienes serán sus representantes en el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Esto implica que los representantes designados por el empleador para formar parte de este comité se encuentren formalmente calificados como trabajadores de dirección y/o de confianza por intermedio de una comunicación escrita de la empresa, detalla la laboralista.

De igual modo, Poicon propone a las empresas inscribir el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. “Constituye una obligación declarar la existencia y vigencia del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo en el T-Registro de la planilla electrónica”, explica la especialista, que se desempeña como asociada de Vinatea & Toyama.

NEWSLETTER DE LA LEY.PE

NOTICIAS RELACIONADAS