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¡Último! Denuncian a jefe de la ONPE por impedir el voto de personas no vacunadas

¡Último! Denuncian a jefe de la ONPE por impedir el voto de personas no vacunadas

El congresista Alejandro Muñante interpuso una denuncia contra el jefe de la ONPE, Piero Corvetto, ante la JNJ, por supuestamente impedir el derecho constitucional al sufragio. Los detalles en la siguiente nota.

Por Redacción Laley.pe

jueves 2 de junio 2022

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Alejandro Muñante, congresista de la República por el partido de Renovación Popular, denunció ante la Junta Nacional de Justicia al jefe de la ONPE, Piero Corvetto Salinas.

¿Cuál es el motivo de la denuncia?

La denuncia es interpuesta debido a que la ONPE emitió la Resolución Jefatural Nº001845-2022-JN/ONPE, que dispone la actualización OD14-GOECOR/JEL: “Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID-19 en el local de votación y espacios abiertos. (versión 05)”, el cual dispone que el personal de la Oficina Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) debe restringir el ingreso al local de votación a toda persona que no acredite mediante el carné físico o virtual el haber recibido su vacunación completa contra la COVID-19 (tres dosis).

Esta disposición contraviene distintas normas del derecho internacional y del derecho interno, indicó el congresista.

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¿Qué normas contraviene?

Según el parlamentario, en primer lugar, contraviene los artículos 176 de la Constitución Política del Perú, el artículo 2 de la Ley Orgánica de Elecciones, los cuales establecen que:

«El Sistema Electoral tiene como finalidad asegurar que las votaciones y los escrutinios traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos, y sean el reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, siendo funciones esenciales de la ONPE  el velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, y la de garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio del sufragio».

Asimismo, contraviene directa y groseramente el artículo 31 de la Constitución que establece expresamente que los ciudadanos tienen el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por Ley Orgánica, que el voto es libre y que es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos, informó el parlamentario.

De la misma forma, indicó que constituye una violación al artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos donde se consagra a nivel internacional el derecho al sufragio, toda vez que se pretende mediante una norma infralegal establecer restricciones a un derecho contemplado en la Convención.

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¿Entonces?

Muñante señala que, a la luz de las normas y los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Constitucional, la restricción establecida en la Resolución Jefatural Nº001845-2022-JN/ONPE, es discriminatoria, inconstitucional y constituye una violación al derecho fundamental de los ciudadanos a ejercer su derecho al sufragio, a participar en los asuntos públicos y elegir a sus representantes.

El congresista espera que las autoridades de la Junta Nacional de Justicia resuelvan con arreglo a la Constitución, la cual conmina a todas las autoridades a preferirla por encima de toda norma legal.

Lea la denuncia AQUÍ.

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