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Corte Suprema: Las retractaciones escritas carecen de valor procesal

Corte Suprema: Las retractaciones escritas carecen de valor procesal

La Corte Suprema establece que las retractaciones escritas carecen de valor procesal para desestimar la condena, debido a que una retractación solo puede realizarse a través de una declaración bajo los principios de inmediación y contradicción. Entérese los detalles en la presente nota. [Recurso de nulidad N° 485 2020/HUÁNUCO]

Por Redacción Laley.pe

martes 21 de junio 2022

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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema establece que las retractaciones escritas carecen de valor procesal.

Principios

Ello, en tanto una retractación solo puede realizarse a través de una declaración bajo los principios de inmediación y contradicción.

Circunstancias del caso 

En el presente caso, además, una ulterior declaración jurada, esta vez notarial, se presentó luego de la sentencia condenatoria de primera instancia; es decir, extemporáneamente.

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Estos documentos no solo no tienen el carácter de prueba, sino que además ni siquiera explican con rigor y circunstanciadamente el porqué de una denuncia gratuita y de la retractación.

La vulnerabilidad de la agraviada y el vínculo de dependencia de la familia de aquélla respecto del imputado, a quien ésta lo calificaba de “tío”, y que por ello se la entregó como doméstica, es revelador y no autoriza a inferir que se trata de una retractación convincente.

Descargue el Recurso de nulidad N° 485-2020/HUÁNUCO

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