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Ejecutivo presenta proyecto para que extranjeros que realicen ‘delivery sin permiso’ sean expulsados del país

Ejecutivo presenta proyecto para que extranjeros que realicen ‘delivery sin permiso’ sean expulsados del país

El Ejecutivo presentó un proyecto de ley ante el Congreso que modifica el Decreto Legislativo de Migraciones y el Código Penal. La propuesta amplía las causales de expulsión de extranjeros que afecten el orden interno, los cuales estarían impedidos de reingresar al Perú hasta por el plazo de 25 años. Entérese los detalles en la presente nota. [Proyecto de Ley Nº 2811/2022-PE]

Por Redacción Laley.pe

viernes 19 de agosto 2022

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El Poder Ejecutivo presentó ante el Congreso el Proyecto de Ley Nº 2811/2022-PE, el cual modifica el Decreto Legislativo de Migraciones y el Código Penal, ampliand los alcances de la expulsión de migrantes, sanciones administrativas y penales. 

Asimismo, señala que la finalidad es »establecer medidas para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana en la afectación al orden interno por parte de ciudadanos extranjeros».

Si bien la fórmula legal no lo señala, en la exposición de motivos se realiza una presentación de la migración venezonala en Perú, así como la tasa de criminalidad por parte de la misma. En esa línea, se emplean frases como »un importante porcentaje de peruanos y peruanas sí considera que es una amenaza la población venezolana» o »han ingresado a nuestro país ciudadanos venezolanos de mal vivir y con prontuario delictivo, que vienen propiciando el aumento de los crímenes con el consecuente impacto en la sensación de inseguridad ciudadana». 

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¿Qué modificaciones se plantean? 

El proyecto propone modificar los artículos 54 y 58 del Decreto Legislativo 1350, Ley de Migraciones, incluyendo, respecto del segundo, las siguientes seis nuevas causales de expulsión: 

• Por contravención a las disposiciones sanitarias. El premier adelantó en conferencia de prensa, que aquellos extranjeros que no cumplan cumplir con la dosis completa de vacunas contra la covid-19, serán expulsados.

• Por no portar documento de identidad o poseer una falsa.

• Por hallarse en su poder armas de fuego o explosivos sin autorización.

• Por hallarse en su poder drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas.

• Por hallarse a bordo de un transporte motorizado de delivery sin acreditar permiso y autorización de la autoridad competente.

• Por hallarse conduciendo vehículo sin acreditar titularidad o cesión del mismo.

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En relación a la modificación del artículo 54 del Decreto Legislativo de Migraciones, se plantea que el extranjero que sea expulsado por las causales expuestas estará impedido de reingresar al Perú hasta por el plazo de 25 años, contados desde el día que efectúe su control migratorio de salida del territorio nacional.

Con respecto al Código Penal, se propone la modificación del último párrafo del artículo 368, en los siguientes términos:  

»El que desobedece o resiste a la medida de sanción de expulsión del país dictada por la autoridad de migraciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de ocho años.» 

Descargue el Proyecto de Ley Nº 2811/2022-PE

 

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