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Elecciones 2022: ¿Qué derechos gozan los trabajadores durante las elecciones regionales y municipales?

Elecciones 2022: ¿Qué derechos gozan los trabajadores durante las elecciones regionales y municipales?

Por Soluciones Laborales

viernes 30 de septiembre 2022

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El Decreto Supremo 016-2022-TR, publicado en la edición extraordinaria del 29 de setiembre en el Diario Oficial El Peruano, estableció facilidades para que los trabajadores puedan cumplir con el acto electoral y sus funciones como miembros de mesa en el marco de las elecciones municipales y regionales 2022. Estas facilidades aplican para el domingo 02 de octubre.

¿Cuál es el ámbito de aplicación?

Las facilidades corresponden a todos los trabajadores, tanto del sector público como privado.

Los trabajadores miembros de mesa

  • Si el trabajador debía laborar el domingo 2, tiene derecho a un permiso durante la jornada de trabajo, con cargo a compensación.
  • El día lunes 3 será un día no laborable compensable.
  • Si el trabajador presta servicios en localidad distinta al lugar de votación, no laborará los días sábado 1, domingo 2 y lunes 3 (siempre que acredite haber participado del proceso electoral). Días que estarán sujetos a compensación posterior.

 

 

Los trabajadores (en general)

  • Si el trabajador debía laborar el domingo 2, tiene derecho a un permiso durante la jornada de trabajo, con cargo a compensación.
  • Si el trabajador presta servicios en localidad distinta al lugar de votación, no laborará los días sábado 1, domingo 2 y lunes 3 (siempre que acredite haber participado del proceso electoral). Días que estarán sujetos a compensación posterior.

 

 

De la compensación del tiempo no laborado

  • Los empleadores del sector público y privado deben tomar las medidas adecuadas para dar cumplimiento a las facilidades descritas.
  • Las facilidades de los trabajadores de días u horas no laborados, según correspondan están sujetas a compensación, la que se sujeta a las siguientes reglas:
    • En el sector privado, la forma y oportunidad para la recuperación está sujeta al acuerdo entre las partes, a falta de acuerdo, decide el empleador.
    • En el sector público, las entidades deben:
      • Adoptar las medidas necesarias para garantizar la continuidad en la prestación de servicios de interés general.
      • Establecer la forma y oportunidad para la compensación de los día u horas dejadas de laborar.

 

Documentación probatoria

  • Los trabajadores en general que no son miembros de mesa, deberán acreditar haber participado en el proceso electoral.
  • Los trabajadores que son miembros de mesa, deberán entregar al empleador, en forma digital o impresa, el certificado de participación emitido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE.

 

Decreto Supremo 016 2022 TR by Redaccion La Ley – Perú on Scribd

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