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Mujer denunció que su pareja ultrajó sexualmente a su hija y lo condenaron a 32 años de prisión siendo inocente

Mujer denunció que su pareja ultrajó sexualmente a su hija y lo condenaron a 32 años de prisión siendo inocente

Por Redacción Laley.pe

viernes 7 de octubre 2022

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Un error pericial encerró tras las rejas a un inocente sindicado de haber ultrajado sexualmente a una niña. Este caso fue examinado por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema y resuelto mediante la Revisión de Sentencia 259-2019, Junín.

Los jueces analizaron la sentencia y valoraron la prueba nueva presentada para justificar su inocencia: un certificado médico legal. El abogado defensor presentó un certificado médico legal contra el examen de integridad sexual de la «agraviada» menor de edad, que fue realizado a raíz de su desaparición en el emporio comercial de Gamarra.

En aquel examen de integridad se concluyó que la niña presentó signos de coito contranatura y se describió que presentó ano hipotónico. Todos estos signos del acceso carnal contranatura, por eso se condenó a la pareja de su madre a 32 años de prisión.

Luego de varios años, el abogado del sentenciado presentó un certificado médico legal que contradijo el resultado del examen de integridad sexual que se le practicó a la menor agraviada. 

Al presentar aquel certificado, el abogado sostuvo que la madre de la agraviada lo denunció por violación sexual de sus menores hijas a raíz de un resentimiento y ánimo de venganza, así como el deseo de que se retire de su casa debido a la mala relación de pareja que tenían, tal como se habría evidenciado en una investigación fiscal anterior por violencia familiar iniciada por la referida madre de la agraviada contra el imputado, presentando la denuncia de violación poco tiempo después de que la fiscalía archivara su denuncia por violencia familiar.

En la audiencia de revisión, el sentenciado dijo ser inocente de los cargos y se declaró un bebedor social que mantenía conflictos con su esposa debido a que le descubrió un amante. En ese sentido, dijo que la niña probablemente tenía lesiones por una afección médica y que según su médico se debía a un estreñimiento.

En la resolución se menciona con acierto que existen tres presupuestos para concluir violación sexual, siendo estos:

a) alteración de tono muscular

b) borramiento de los pliegues

c) presencia de lesiones o cicatrices

 

No obstante, con la presencia de uno o dos de estos elementos no es posible determinar la violación. En el caso en concreto, el primer perito manifestó que no corroboró esos tres requisitos y consideró que su conclusión fue apresurada al emitir el certificado médico legal.

Es importante remarcar que la justicia penal no es infalible y pueden existir graves errores judiciales que pueden condenar a una persona con penas que determinarían su vida por completo. Al respecto el Dr. Ramiro Salinas, comentó:

Un médico autor de un certificado médico legal generó tremendo error judicial. Los jueces debemos ser más cuidadosos en la actuación y luego, valoración de estos documentos. Felizmente en nuestro sistema procesal penal tenemos el recurso de revisión.

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