El congresista Segundo Toribio Montalvo Cubas presentó el Proyecto de Ley 3657/2022-CR que propone que Indecopi desembolse el 30% de cada multa impuesta a quienes ganen casos en sus tribunales.
A la fecha, la entidad administrativa únicamente impone multas contra las empresas que vulneran derechos de los consumidores, sin embargo, el consumidor no recibe ninguna indemnización o retribución económica por haber sido afectado.
Este proyecto busca asignarle una retribución económica equivalente al 30% de la multa en Unidades Impositivas Tributarias (UIT) impuestas. Así, de aprobarse este proyecto, se beneficiarían personas naturales y jurídicas promotoras de procesos que generen tales sanciones pecuniarias, es decir: oenegés, asociaciones, estudios jurídicos que patrocinen casos en defensa de los consumidores e incluso personas que acudan al Indecopi para reclamar vulneraciones a sus derechos.
La finalidad del proyecto de ley, según lo que indica la propia fórmula legal, apunta a beneficiar a los consumidores a través de la siguiente distribución de las multas económicas:
a) El 70% (setenta por ciento) a favor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI.
b) El 30% (treinta por ciento) a favor de quien promueve la acción que genera la multa o sanción pecuniaria.
En la exposición de motivos, la propuesta invoca el criterio de justicia que la entidad proyectaría al aprobarse esta iniciativa, pues aunque existan vías civiles o penales para solicitar indemnizaciones o compensaciones, también deberían existir compensaciones administrativas.
En su último apartado, el proyecto de ley asegura que la norma planteada no le irrogaría gastos adicionales al Estado.