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Proponen que notarios certifiquen viaje de menor con la sola autorización de uno de los padres

Proponen que notarios certifiquen viaje de menor con la sola autorización de uno de los padres

Por Redacción Laley.pe

martes 17 de enero 2023

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Los notarios no pueden emitir la autorización de viaje al exterior de un menor si ambos padres no lo conscienten, es decir, la autorización debe contar con la firma del padre y la madre.

Sin embargo, esto podría cambiar, hace apenas unos minutos se acaba de presentar el Proyecto de Ley 3998/2022-CR que plantea que los notarios certifiquen la autorización del viaje del menor con la sola autorización de uno de los padres, en tanto cuente con la tenencia y custodia exclusiva del menor. El proyecto propone modificar el artículo 111 del Código de los Niños y Adolescentes.

En otros términos: este permiso notarial se otorgará de manera unilateral. El padre o madre que cuente con la tenencia y custodia exclusiva del menor deberá acreditar esta condición mediante sentencia judicial firme y consentida o acta de conciliación.

 

Artículo Único.- Modifíquese e incorpórese el artículo 111 del Código de los Niños y Adolescentes, el cual quedará redactado con el siguiente texto:

(…)

«Para el viaje de niños o adolescentes fuera del país solos o acompañados por uno de sus padres, es obligatoria la autorización de ambos padres con certificación notarial. En caso que el padre o madre tenga la tenencia y custodia exclusiva del menor, este permiso notarial se otorgará de manera unilateral por éste solamente, para el cual se acreditará mediante sentencia judicial firme y consentida, o acta de conciliación, además deberá presentar el acta de nacimiento del niño, pasaporte del menor, pasaporte del padre o la madre que ejerce la tenencia y custodia exclusiva, boletos aéreos con fecha de salida y de retorno. El plazo máximo de la autorización será de 180 días, siendo renovable una vez que retorne al país el menor.

Además, deberá presentar el acta de nacimiento del niño, su pasaporte, el pasaporte del menor y los boletos aéreos con fecha de salida y retorno. Es importante enfatizar que se trata apenas de una propuesta de norma, es decir, este proyecto deberá ser examinado por alguna comisión del Congreso de la República y eventualmente debatido en el Pleno del Congreso.

Líneas más abajo, el proyecto precisa que el plazo máximo de la autorización de viaje será de 180 días y se podrá renovar cuando el menor retorne al país. Finalmente, el proyecto asegura que no le generaría ningún costo adicional al erario nacional, pues 

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