El grupo parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, a iniciativa legislativa de la señora congresista de la República Jhakeline Katy Ugarte Mamani, presentó el Proyecto de Ley 4585-2022-CR, que propone prohibir publicidad de alimentos con octógonos en televisión, cine y redes sociales.
En el aparto del análisis costo-beneficio, además de sostener que no le irrogaría gastos al tesoro público, este proyecto propone reconocer y garantizar el derecho a la vida como sustento de la prohibición de publicidad de alimentos con octógonos.
Además de este derecho, la iniciativa también enlista el derecho a la salud y al normal desarollo físico como dos importantes garantías que tutela esta propuesta.
Esta propuesta fija la edad de protección los 16 años, es decir, a los menores de esa edad no se les puede ofertar productos, alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas.
Artículo 3. – Prohibición de publicidad
3.1 Se prohíbe la publicidad mediante televisión, cine, redes sociales o cualquier canal digital, de productos, alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas dirigida a niños, niñas y adolescentes menores de 16 años.
3.2 Se prohíbe el ofrecimiento o entrega a título gratuito de productos, alimentos y bebidas no alcohólicas con grasas trans y alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas con fines de promoción o publicidad a niños, niñas y adolescentes menores de 16 años.
Así también se establece un horario para la transmisión de este tipo de publicidades: entre las 22:00 y las 6:00 horas, de acuerdo a los requisitos establecidos por la Ley 30021, Ley de promoción de alimentación saludable para niños, niñas y adolescentes.