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Nuevas reglas sobre alimentos: jueces deben remitir, de oficio, copias a fiscalía para procesa por omisión a la asistencia familiar

Nuevas reglas sobre alimentos: jueces deben remitir, de oficio, copias a fiscalía para procesa por omisión a la asistencia familiar

Ahora los jueces deben remitir, de oficio, copias al Ministerio Público para procesar por el delito de omisión a la asistencia familiar. La Ley 31960 fue difunda por el Diario Oficial El Peruano el 18 de diciembre de 2023. Esta norma modificó el Código Procesal Civil. Esta norma también le atribuye al representante del menor […]

Por Redacción Laley.pe

martes 19 de diciembre 2023

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Ahora los jueces deben remitir, de oficio, copias al Ministerio Público para procesar por el delito de omisión a la asistencia familiar. La Ley 31960 fue difunda por el Diario Oficial El Peruano el 18 de diciembre de 2023. Esta norma modificó el Código Procesal Civil.

Esta norma también le atribuye al representante del menor alimentista la autoridad para consentir que el juez ejecute la remita copias al MP para procesar a deudor alimentario por el delito de omisión a la asistencia familiar.

En opinión del abogado penalista, Carlos Caro Coria, se trata de un procedimiento inconstitucional, pues la persecución del delito de omisión a la asistencia familiar es de competencias del fiscal y no está sujeta al consentimiento de la madre u otro representante legal.

Esta norma también modifica el Código Procesal Penal y habilita a que el fiscal pueda incoar el proceso inmediato cuando reciba del juez competente las copias certificadas de las piezas procesales pertinentes para acusar al deudor alimentario por la comisión del delito de omisión de prestación de alimentos.

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