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Mediante la Ley Nº 31332, se ha uniformizado la edad para acceder a la jubilación anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
A partir de las modificaciones realizadas por la Ley, los hombres y mujeres afiliados al SPP podrán acceder a la jubilación anticipada, sea la ordinaria o para desempleados, desde los 50 años.
Es preciso señalar que, si bien las mujeres ya podían acceder a dicha jubilación desde los 50 años antes de la dación de la Ley, en el caso de los hombres se ha dado una reducción de la edad, la misma que antes era de 55 años y ahora es de 50, uniformizándose así los requisitos entre hombres y mujeres para el acceso a una jubilación anticipada.
Estos serían los nuevos requisitos para el acceso a una jubilación anticipada ordinaria o a una jubilación anticipada para desempleados:
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Finalmente, se otorga un plazo no mayor a 30 días calendario, contados a partir del día siguiente de la vigencia de la Ley, para que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determine el procedimiento operativo para el cumplimiento de la norma.
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