![[Img #19147]](/upload/img/periodico/img_19147.jpg)
Iniciativa legislativa establece como requisito para prestar servicios en las entidades y organismos públicos, así como en las empresas del Estado, no haber sido condenado por los delitos de corrupción, tales como, concusión, cobro indebido, colusión simple y agravada, peculado doloso y culposo, peculado en uso, malversación, cohecho pasivo propio, soborno internacional pasivo, etc.
Esta es la propuesta contenida en el Proyecto de ley N° 2820/2017-CR presentado el pasado 09 de mayo de 2018 ante el Congreso de la República.
De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto, no se trata de afectar el derecho al trabajo que toda persona tiene, sino de cautelar el correcto uso de los fondos públicos, eliminando el mínimo riesgo de que estos sean destinados a fines indebidos.
En tal sentido, se busca establecer los filtros necesarios para evitar la incorporación en el sector públicdo de aquellas personas que se han visto involucradas en actos de corrupción.
Ud. puede acceder al proyecto de ley aquí o navegar en nuestro archivo Scribd:
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