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Abogados y contadores podrán trabajar durante la nueva cuarentena

Abogados y contadores podrán trabajar durante la nueva cuarentena

Gobierno dio a conocer la lista de actividades que estarán permitidas durante esta nueva cuarentena que entrara en vigencia desde el 31 de enero hasta el 14 de febrero. Revise aquí qué actividades estarán permitidas y solicite su pase laboral.

Por Redacción Laley.pe

viernes 29 de enero 2021

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Abogados podrán desarrollar con normalidad sus actividades durante la cuarentena, así informa el Gobierno a través de su página web.

El caso de los contadores, como bien detalla el laboralista Jorge Castillo, merece un tratamiento especial, dado que, si bien no aparecen en la lista de actividades publicada el día de ayer, sus labores no están prohibidas por el D.S. Nº 008-2021-PCM. Por ello, a criterio del experto, las actividades contables estarían permitidas.

Lista de actividades es la siguiente:

1. AGRICULTURA, PECUARIO, CAZA Y SILVICULTURA: Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos

2. PESCA Y ACUICULTURA: Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

3. ENERGÍA, HIDROCARBUROS Y MINERÍA: Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

4. MANUFACTURA PRIMARIA Y NO PRIMARIA: Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.

5. CONSTRUCCIÓN: Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística). Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información.

6. COMERCIO: Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas. Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

7. SERVICIOS A LA CIUDAD: Evacuación de aguas residuales. Captación, tratamiento y distribución de agua. Actividades de prevención de riesgos de desastres. Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes. Limpieza y recojo de residuos sólidos.

8. SERVICIOS GENERALES:

  • Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  • Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias.
  • Actividades de producción, almacenamiento, comercialización, transporte, y distribución para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, gas de uso doméstico y combustibles.
  • Medios de comunicación. Entidades financieras, seguros y pensiones y actividades conexas. Transporte de carga, mercancías y actividades conexas.
  • Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fluvial, incluye cabotaje.
  • Transporte de caudales.
  • Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fluvial, incluye cabotaje.
  • Actividades aeronáuticas no comerciales.
  • Actividades relacionadas al transporte aéreo.
  • Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery).
  • Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines.
  • Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico para actividades esenciales.
  • Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados.
  • Actividades de telecomunicaciones y actividades conexas, incluye reparación.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores.
  • Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles.
  • Actividades de seguridad privada.
  • Servicios de transporte.
  • Distribución y venta de medios de comunicación impresos.
  • Actividades de servicio de sistemas de seguridad.
  • Actividades de soporte de TI y reparación de equipos de cómputo.
  • Servicios funerarios.
  • Servicios notariales.
  • Servicios de reciclaje.
  • Actividades de envase y empaque.
  • Servicios de almacenamiento de abonos y materias primas agropecuarias, artículos de plásticos, vidrio, papel, cartones, aserradura de madera, hielo para actividades en general.
  • Servicios de carpintería, gasfitería, electricidad, mantenimiento de artefactos y reparación de equipos, incluye mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Servicios de lavandería, ferreterías, servicios de limpieza.
  • Actividades de centrales telefónicas, incluye call centers con 50% de aforo.
  • ACTIVIDADES JURÍDICAS. Las entrevistas de abogados defensores con personas privadas de libertad en establecimientos penitenciarios se realizan virtual o telefónicamente, con arreglo a Ley.
  • Ensayos y análisis técnicos para las actividades económicas permitidas.
  • Investigación, innovación y desarrollo experimental relacionadas a las actividades económicas permitidas.
  • Actividades de las sedes centrales.
  • Actividades combinadas de apoyo a instalaciones asociadas a los servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines.

La lista de actividades entra en vigencia el domingo 31 de enero hasta el domingo 14 de febrero. Para realizar estas actividades debe solicitar su pase laboral a partir del 31 de enero.


Solicite su Pase Laboral AQUÍ.

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