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Entrevista a Víctor García Toma | Reforma del Código Procesal Constitucional

Entrevista a Víctor García Toma | Reforma del Código Procesal Constitucional

En la presente entrevista, La Ley pudo conversar con el constitucionalista Víctor García Toma, exministro de Justicia y expresidente del Tribunal, sobre el proyecto de ley Nº 7271-2020, el cual propone una modificación del Código Procesal Constitucional.

Por Redacción Laley.pe

jueves 20 de mayo 2021

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Oportunidad de la Modificación

En este sentido, cuando se le cuestionó si es que dicha modificación es oportuna, el doctor García Toma manifestó que ya desde el 2010 se fueron proponiendo modificaciones al Código Procesal Constitucional. Así recuerda el doctor que ya en el 2010 un grupo de juristas presididos por Domingo García Belaunde proponía constituir una comisión de expertos para mejorar los alcances y contenido del Código. Sucedió lo mismo con la Ley 23506, la cual también fue fruto de un proyecto elaborado por García Belaunde y Alberto Borea Odría, entre otros juristas.

No obstante, cuando dicho proyecto se vio en el Congreso de la República, este retorció parte del sentido del texto, debido a la falta de experiencia en el tema.

Lastimosamente, según el doctor García, esto puede volver a producirse, debido a que la composición del Congreso está llena de personas alejadas a la materia.

El segundo tema que García Toma destacó fue el tiempo, dado que hay muy poco tiempo para el debate idóneo para un proyecto de esta envergadura, por lo que es muy probable que el análisis de este y cualquier reforma que se proponga, sea dado con un análisis apresurado.

Asimismo, el doctor destacó que, de ser posible, dicho análisis y la posterior aprobación o no debería tocarlo el siguiente Congreso.

Problemas del Código Procesal Constitucional actual

Con respecto a los problemas del actual Código Procesal Constitucional, el entrevistado destacó tres: la aplicación en la realidad del Código, y que el esfuerzo realizado por el Tribunal para integrar el Código ha llegado a transformar el texto. Asimismo, destacó que debería de darse una reforma, esta debería ser parcial, y se debería mantener la estructura del actual Código.

Carga procesal

Otro problema que se le preguntó a García Toma fue respecto a la carga procesal del Tribunal Constitucional. Sobre ello, García Toma aclaró que estadísticamente el TC, entre los años 2005-2007, tenía un total de 10 000 casos por año. Hoy en día, el TC no llega a cubrir ni la mitad de dichos casos, lo cual evidencia un problema de capacidad y organización. Al respecto, menciona que la generación de jurisprudencia vinculante bien trabajada podría acelerar dichos procesos.

Otro tema es que destacó el constitucionalista fue la necesidad de que el Poder Judicial ejerza una correcta e intensa actividad del cabal conocimiento de los temas constitucionales. Actualmente, las sentencias son poco desarrolladas y dejan la sensación de inconformidad entre las partes, por lo que se le pide al Tribunal que intervenga en dichos casos.

Asimismo, también destaca que la carga procesal se deriva de la cultura nacional, la cual ve en el proceso un medio de solución a casi cualquier problema que surja en la realidad.

Por último, otro problema apreciable se deriva de la mala orientación y mala praxis de algunos abogados, que buscan solucionar los problemas de sus representados a través del proceso incluso en casos donde este no es necesario o no es viable.

Habeas Corpus

Por último, se le preguntó a García Toma respecto de las modificaciones propuestas al proceso de Habeas Corpus.

En primer lugar, respecto a la capacidad de los jueces para atender demandas en leguas originarias, destacó que este es un derecho del justiciable. Sin embargo, en este caso el problema recae no sobre el justiciable, sino sobre el operador jurisdiccional y su dominio de lenguas originarias. Esto podría ser solucionado con las convocatorias del JNJ para las zonas donde será aplicada dicha medida.

En segundo lugar, también se le pregunto al entrevistado respecto de la posibilidad de brindar una defensa pública. Al respecto, García Toma mencionó que dicha medida requiere que se asigne un presupuesto para el Ministerio de Justicia, ya que, si este no tiene presupuesto para brindar dicha defensa, la norma terminará siendo letra muerta.

Asimismo, resalta que debe haber una mirada armónica entre las normas del Código Procesal Constitucional y otras normas que se relacionen con esta, como lo es la Ley Orgánica del Poder Judicial.


Vea la entrevista completa AQUÍ.

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