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¿Cómo se calcula el pago de la gratificación?

¿Cómo se calcula el pago de la gratificación?

Manolo Tarazona Pinedo, especialista en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, y coordinador ejecutivo de Soluciones Laborales, nos explica los temas más relevantes acerca del cálculo de las gratificaciones.

Por Soluciones Laborales

jueves 8 de julio 2021

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¿Qué es la Gratificación?

 

Es un beneficio social que se abona en favor de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada, a excepción de la microempresa. En dicho caso, solo se les reconoce el pago de la CTS y seguro social, más no de las gratificaciones.

Requisitos

Para recibir este beneficio es necesario que los trabajadores se encuentren laborando al momento en el que se deba percibir, en el sentido de que el vínculo laboral tiene que estar vigente, de tal manera que el contrato esté vigente. El segundo requisito está referido al mes calendario completo de servicios

Monto de la remuneración

Tengamos en cuenta que la Ley 27735 dispone que es equivalente a aquel que corresponda otorgar en la oportunidad del pago del beneficio. Como se sabe, la gratificación se paga en los meses de julio y diciembre, por lo que el monto corresponderá al monto de remuneración que reciba el trabajador en dichos meses.

No obstante, el reglamento de la mencionada norma dispone que la remuneración es la vigente al 30 de junio o el 30 de diciembre, normando así algo diferente a lo dispuesto en la ley. Por lo tanto, por un principio de jerarquía, se asume que se aplica lo dispuesto la ley.

Factores que considerar para el cálculo

Para efectuar el cálculo debemos tener en cuenta dos valores:

  1. la remuneración computable, y
  2. el tiempo de servicios.

Con respecto a la remuneración computable, debemos de tener en cuenta que este corresponde a los conceptos remunerativos percibidos por el trabajador. Es decir, la remuneración pactada, la asignación familiar, etc.; es decir, cuenta todo aquello que tenga naturaleza remunerativa. También depende del tipo de remuneración de que perciba el trabajador, tal como se especifica a continuación

1. Remuneración principal fija: Monto mensual no varía

2. Remuneración principal imprecisa: Monto mensual es variable (comisionistas puros, etc)

3. Remuneración complementaria: Montos adicionales a la remuneración principal: horas extras, bonificaciones, etc.

En el segundo factor de cálculo, debemos precisar que solamente se toman en cuenta los meses calendarios completos de servicios, entendidos como tales aquellos en las que el trabajador laboró desde el primer día hasta el último del mes

Si una vez determinado el tiempo de servicio se detecta que el trabajador cuenta con faltas injustificadas, esto sí se considera debido a que se toma en cuenta el vínculo laboral del mes.

Cálculo de la gratificación

Todo ello nos ayuda a determinar el tipo de gratificación que recibirá el trabajador:

1. Gratificación ordinaria completa: Cuando el trabajador labora todo el semestre completo

2. Gratificación ordinaria proporcional: Cuando el trabajador en la fecha que corresponde el pago del beneficio tiene menos de 6 meses laborados.

3. Gratificación trunca: Cuando el trabajador cesa antes de completar el semestre, pero tiene como mínimo un mes calendario de servicios.

 

Asimismo, cabe destacar que existe dos fórmulas de cálculos aplicables:

1. Por meses: remuneración computable entre 6, por los meses laborados completos por el trabajador.

2. Por días: Remuneración computable entre 180 días por los días efectivamente laborados por el trabajador.

 

 

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